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LA TEJERÍA

ARTÍSTiCO Y MONUMENTAL

CRONOLOGÍA

Documentación sobre su utilización: siglo XVIII y XX. Recuperada en 2009 como elemento patrimonial.

CRÉDITOS

TEXTO: Teresa Thomson, 2024. FOTOGRAFÍAS: Paco Climent, 2009, 2024. GEOLOCALIZACIÓN: Diego Romero.

Categoría:
Arquitectura industrial

Población:
VALDEALGORFA

Comarca:
Bajo Aragón

Esta tejería se recuperó hace unos años, concretamente en 2009. Las fotografías que se realizaron ese año para este Catálogo testimonian alcance de esta intervención.

Conserva los dos elementos fundamentales en las tejerías tradicionales: la balsa y los hornos, en este caso singularizados por dos arcos de medio punto.

La balsa es un elemento inequívocamente vinculado a las tejerías tradicionales. De ellas dependía el suministro de agua necesario para la primera fase de la fabricación de tejas y ladrillos consistente en la preparación de la pasta a partir del material básico en su elaboración: la arcilla. Una vez preparada la pasta, se moldeaban y secaban las piezas. Y finalmente se cocían en los hornos que, como los conservados en la tejería de Valdealgorfa, estaban divididos en dos zonas o cámaras: la caldera o cámara de combustión, y, sobre ella, la cámara de cocción, donde se colocaban las piezas a cocer.

Tradicionalmente el origen de esta tejería se ha asociado con la construcción del templo parroquial barroco a principios del siglo XVIII. Sería pues en ella donde los oficiales texeros fabricarían los ladrillos y las tejas para el nuevo templo. Debió utilizarse periódicamente cuando nuevas construcciones requirieran el abastecimiento de material, alternándose periodos de uso y de abandono. A principios del siglo XX se reconstruyó la antigua tejería que estaba en ruinas. Poco a poco la tejería fue también deteriorándose.

Ni qué decir tiene el evidente interés que tuvo esta tejería y por tanto la importancia de su recuperación como elemento singular de nuestro patrimonio industrial y como testigo de nuestro pasado. [Ver apartado de DOCUMENTOS]

Notas históricas

  • Valdealgorfa contó con una tejería de considerable antigüedad construida y gestionada por la antigua cofradía de San Martín y Santa María Magdalena. En 1624, cuando se firmó la Concordia de 1624 entre la entonces villa de Alcañiz y sus barrios -que supuso la independencia de Valdealgorfa, junto con la de Valjunquera y La Codoñera-, esta tejería pasaría a manos del Concejo. Así lo confirma un documento de 1634 conservado en el Archivo Histórico de Protocolos (sign. 991, f. 59), firmado por los representantes municipales y el tejero Joan Colón para la realización de dos hornadas de ladrillos y tejas. La antigua tejería pudo estar en distintos emplazamientos a lo largo del tiempo pero posiblemente la que tras diversos avatares ha llegado hasta nosotros pudo tener su origen a principios del siglo XVIII, cuando se construyó el gran templo parroquial barroco.  (GUARC PÉREZ, José, 1999, pp. 102-103).
  • Varios documentos conservados en el Archivo Histórico de Protocolos de Alcañiz aportan una valiosa información relacionada con esta obra y la construcción del templo parroquial. De su lectura detallada se deduce que la iglesia de la Natividad de Valdealgorfa se renovó a principios del siglo XVIII y que el mismo día que se acordó la fábrica del nuevo templo -el 12 de agosto de 1700- se otorgó capitulación y concordia con los tejeros Sebastián y Pedro Liarte para que éstos abasteciesen de tejas, ladrillos y cal mientras durase la fábrica.
  • El inicio de la obra por diversas causas se retrasó. Se firmó una nueva capitulación para la fábrica del templo parroquial el 29 de enero de 1703. Ello supuso que también se firmase un nuevo contrato con los tejeros (el 25 de marzo de 1703). Por él los tejeros Domingo de Cibitate y Pedro de Liarte se comprometían a hacer, durante el año 1703, cincuenta mil ladrillos. Dato que nos permite hacernos idea del volumen de trabajo y de piezas tan considerables que exigía la obra y que obligó sin duda a realizar una tejería que fuese capaz de proporcionar tan cuantioso abastecimiento.
  • En 1900 un vecino de Valdealgorfa -Alejandro Ollés- solicitó al Ayuntamiento poner en funcionamiento de nuevo la antigua tejería que se encontraba totalmente en ruinas. Se le concedió poder usarla durante cinco años siempre que asumiese su reconstrucción. Así lo hizo pero en 1904 se rescindió el contrato por dificultades con los dueños de los montes de extraer tierra y obtener leña. En 1919 otro vecino -José Jarque Casanova- la vuelve a utilizar requiriéndole el Ayuntamiento que la mantuviese en buen estado. (GUARC PÉREZ, José, 2005, p. 192).

Enlace de interés

  • “Tejería de Valdealgorfa”, Bajo Aragón Matarraña es nuestro destino, web Grupo de Acción Local Bajo Aragón Matarraña. Disponible en: https://esnuestrodestino.es/municipios/valdealgorfa/lugares-destacados/tejeria-de-valdealgorfa (Consulta: 27-VIII-2024).

BIBLIOGRAFÍA

– GUARC PÉREZ, José, Valdealgorfa en la historia. De los inicios al siglo XVIII, Zaragoza, Gobierno de Aragón, 1999.
– GUARC PÉREZ, José, Valdealgorfa en la historia (siglos XIX y XX), Ayuntamiento de Valdealgorfa, 2005.
– PARDO Y SASTRÓN, Salvador, Apuntes históricos de Valdealgorfa, hombres más notables, templo parroquial y sus cofradías, Bilbao, Tip. Cristóbal Pérez, 1883.
– THOMSON LLISTERRI, Teresa, Las Artes en el Bajo Aragón en la primera mitad del siglo XVIII. Estudio documental, Alcañiz, Centro de Estudios Bajoaragoneses, 1998.

IMÁGENES

1. Tejería, 2024.
2. Tejería, 2024.
3. Balsa de la tejería, 2024.
4. Balsa y tejería, 2024.
5. Vista desde la tejería, 2024.
6. Tejería, 2009 (restauración)
7. Tejería, 2009 (restauración)
8. Tejería, 2009 (restauración)
9. Tejería, 2009 (antes de la restauración)
10. Tejería, 2009 (antes de la restauración)
11. Tejería, 2009 (antes de la restauración)
12. Tejería, 2009 (antes de la restauración)
13. Tejería, 2009 (antes de la restauración)
14. Tejería, 2009 (antes de la restauración)
15. Tejería, 2009 (antes de la restauración)

LOCALIZACIÓN

DOCUMENTOS

Estudio para la recuperación de la antigua tejería como elemento singular del patrimonio industrial de Valdealgorfa.

THOMSON LLISTERRI, Teresa, La tejería de Valdealgorfa. Estudio documental, Alcañiz, 2009. [Inédito. Texto elaborado para documentar los trabajos de recuperación de esta obra] 

I. LAS TEJERÍAS COMO ELEMENTOS SINGULARES DEL PATRIMONIO INDUSTRIAL

El término tejería hace referencia al sitio o lugar donde se fabrican tejas, ladrillos y adobes. Dada la importancia de estos materiales, ha sido muy frecuente la construcción de tejerías y lógicamente éstas se han emplazado en aquellos lugares que contaban con la materia prima base de su producción: la arcilla. Del mismo modo, su localización ha estado condicionada por la existencia próxima de un curso o embalse de agua.

El proceso de fabricación de las piezas de arcilla se estructura en tres fases que se realizan en una parte concreta del conjunto de la tejería:
1. La preparación de la pasta, en la cantera y balsa
2. El moldeo y desecación, en la era y cobertizo
3. Y la cocción, en los hornos

En el proceso tradicional, la preparación de la pasta incluía el propio proceso de extracción de la arcilla (que se hacía generalmente a cielo abierto), una primera limpieza del material, la aportación de agua y el amasado, que se realizaba habitualmente con los pies. Una vez realizada estas primeras operaciones se procedía al moldeo y desecación de las piezas que finalmente eran cocidas en los hornos. Este proceso era el más delicado y de él dependía la calidad del producto. Su ejecución era asumida por los tejeros, artesanos especializados en el oficio de hacer tejas y ladrillos.

Los hornos habitualmente estaban formados por dos cámaras separadas: la inferior, la cámara de combustión llamada caldera o fogón y la superior, la cámara de cocción. Ambas separadas por medio de un enrejado de ladrillos que permitía que pasase el calor desde la caldera a la cámara de cocción y además soportaba el peso del material a cocer. El techo de la caldera lo constituye el enrejado que está formado por varios arcos apuntados, realizados en ladrillo y situados paralelos. Perpendiculares a estos arcos se sitúan unos tabiquillos de ladrillo, de tal forma que van dejado espacios libres por donde pasaran los humos de la combustión. La caldera se alimentaba por una pequeña abertura que además servía para introducirse cuando se tiene que limpiar o reparar. La cámara de cocción no está cerrada en su parte superior. A través del hueco de paso denominado ‘portero’ se cargaba la cámara de cocción de ladrillos y tejas. Una vez terminado de cargar el horno, a esta operación se llama ‘encañar’, se tapaban los porteros con ladrillos y barro quedando esta parte del horno perimetralmente cerrada. El horno se podía encañar de diversas formas dependiendo de la cantidad y diversidad de material a cocer. Es una de las operaciones de ‘oficio’ pues exigen que las piezas estén bien trabadas y colocadas de tal forma que no obstruyan el tiro. Una vez encañado el horno, ya estaba listo para empezar la cochura.

El tejero, según su experiencia y los recursos del oficio, debía decidir cuando se daba por terminada la cocción. Esta operación se basaba en el color que adquirían las tejas en la cocción y en la ‘mengua’ que experimentaba la carga con relación al horno. Para controlar esta mengua el tejero dejaba un ‘testigo’ en el borde superior del horno, desde donde medía la distancia vertical a la carga y la separación de ésta con las paredes del horno. Es importante resaltar que la puesta en marcha de estos hornos tradicionales exigía la quema de importantes cantidades de leña.

II. EL LADRILLO Y LA TEJA COMO MATERIAL TRADICIONAL DE CONSTRUCCIÓN

Los materiales constructivos básicos utilizados en la arquitectura del Bajo Aragón y que, lógicamente, se mencionan en la documentación conservada son: teja, ladrillo, cal, yeso, madera y piedra. El abastecimiento de los dos primeros materiales -teja y ladrillo- lo proporcionaban los tejeros (oficiales texeros).

La producción de teja se destinaba para las nuevas fábricas y en las frecuentes reparaciones de los tejados de obras ya concluidas. Debía fabricarse de acuerdo al molde que se ordenase por parte del maestro de la obra o de la junta de fábrica, acordándose su precio por unidades. Y, con cierta frecuencia, se usaba albarnizada y de colores.

El ladrillo -elemento tradicional de la arquitectura aragonesa- se utilizó con asiduidad. También se encargaba a los tejeros, y su molde, generalmente, era elegido por la junta de fábrica o por el maestro de la obra. En los documentos se distingue entre ladrillo común y ladrillo de moldura, aunque el precio de ambos era el mismo.

De ladrillo y yeso se realizaron fundamentalmente: columnas o pilares, arcos, cornisas y cualquier sistema de cubrición. Se utilizó, también, como pavimento: como material único o combinado con hileras de piedra. Por último, es frecuente su utilización en los cuerpos superiores de las torres-campanario en el que conserva su tradicional valor decorativo. En numerosas ocasiones, el uso del ladrillo se justifica por su menor coste respecto a la piedra.

III. ESTUDIO HISTÓRICO DE LA TEJERÍA DE VALDEALGORFA

La tejería conservada en la actualidad muestra todavía los dos elementos fundamentales en las tejerías tradicionales: los hornos (singularizados por dos arcos de medio punto) y la balsa.

Su origen se asocia con la construcción barroca de la iglesia parroquial. Dos documentos -fechados el 12 de agosto de 1700 y el 25 de marzo de 1703- conservados en el Archivo Histórico de Protocolos de Alcañiz recogen las capitulaciones entre la junta de fábrica de la iglesia parroquial de Valdealgorfa y los tejeros para la fabricación de la teja y ladrillo necesarios para el nuevo templo. En ambos casos se vincula la tejería a la valsa de la senda, si bien en el segundo se especifica que si sucediere no haber agua en la valsa de la senda y por lo dicho no se fabricare dicha obra, en dicho casso, dichos officiales ayan y tengan obligación de fabricar la obra que fuere menester, assí texa como ladrillo, en la texería de la fuente.

En este mismo documento se concretan varios aspectos interesantes sobre la construcción de la tejería:
Es condición que dichos officiales texeros tengan obligación de hazer, a su costa, la caxa del orno en la valsa de la senda, en donde está ya señalado con gruessos de paredes. Y assí mismo, tengan obligación de hazer todas las adobas que fueren menester para hazer las paredes de dicho orno y los arcos y griba; y el lugar aya de pagar las paredes de dicho orno, los arcos y griva.

El estudio de estos documentos, más los conservados en el mismo archivo referidos a la construcción del templo parroquial y la lectura del interesante estudio decimonónico de Salvador Pardo y Sastrón, Apuntes históricos de Valdealgorfa, hombres más notables, templo parroquial y sus cofradías (1883) permite reconstruir la secuencia cronológica de la construcción tanto de la iglesia como de la propia tejería.

La iglesia parroquial de la Natividad de Valdealgorfa se renovó en el siglo XVIII, como tantos otros edificios bajoaragoneses, respondiendo al espíritu y gusto barroco de la época. Al deterioro general del templo anterior se sumó un acontecimiento desencadenaría el deseo colectivo de la renovación de este templo: un día del año 1686 se produjo una fuerte tormenta y cayó un impresionante rayo en la vieja bóveda que produjo un espectacular incendio. A partir de este momento, la gran duda que se plantea es si merecía la pena reformar el antiguo templo o se debía edificar uno nuevo. Por fin, esta segunda alternativa vence, influyendo no sólo el estado de deterioro del edificio anterior sino también el deseo de construir un nuevo edificio acorde con el gusto barroco imperante.

En cuanto a la fecha de inicio de las obras, es muy importante destacar cómo el mismo día de la capitulación con los tejeros, el día 12 de agosto de 1700, se capitula también la propia fábrica de la iglesia parroquial mediante acuerdo entre los representantes de la comunidad de Valdealgorfa y Juan de Lorita.

Como ya se ha indicado, el mismo día 12 de agosto de 1700 la junta de fábrica de esta iglesia otorgó capitulación y concordia con los tejeros Sebastián y Pedro Liarte para que éstos abasteciesen de tejas, ladrillos y cal mientras durase la fábrica. Se concretaba que por ello recibirían: treinta y cinco reales de moneda valenciana por millar de ladrillo; cuarenta reales por mil tejas; y por cada hornada de cal de seiscientos cahíces, veinte libras de moneda valenciana.

La decisión de construir un nuevo templo ya era firme y el 4 de octubre de 1702 se trasladó el Santísimo Sacramento de la iglesia a las casas de la cofradía del Señor San Martín y Santa María Magdalena. Sin embargo, el inicio de la obra por diversas causas se retrasó. Y el 29 de enero de 1703 la junta de fábrica y los jurados de Valdealgorfa acuerdan con Juan de Lorita, mediante acto publico de adición, una planta nueva para dicha fábrica en la que se incluyen varios cambios respecto al acuerdo inicial. Ello afectó también al tema del acuerdo con los tejeros, por lo que se firma un nuevo contrato -el 25 de marzo de 1703- entre la junta de fábrica y los tejeros Domingo de Cibitate y Pedro de Liarte. En él se especificaba que dichos oficiales debían hacer, durante el año 1703, cincuenta mil ladrillos. Dato que nos permite hacernos idea del volumen de trabajo y de piezas tan considerables que exigía la obra y que obligó sin duda a realizar una tejería que fuese capaz de proporcionar tan cuantioso abastecimiento. Con ello cabe deducir el evidente interés que tuvo esta tejería y por tanto la importancia de su recuperación como elemento singular del patrimonio industrial y testimonio material de nuestra historia.

IV. APÉNDICE DOCUMENTAL

Documentos publicados en THOMSON LLISTERRI, Teresa, Las Artes en el Bajo Aragón en la primera mitad del siglo XVIII. Estudio documental, Alcañiz, Centro de Estudios Bajoaragoneses, 1998, pp. 163-165 y 217-219

1

1700, agosto, 12 – VALDEALGORFA

Capitulación y concordia entre la junta de fábrica de la iglesia parroquial de Valdealgorfa y los tejeros, Sebastián y Pedro Liarte, para la fabricación de tejas, ladrillos y cal.
A.H.P.A.: Juan Francisco Rosales, sign.370, f.108v.-112r.

[Al margen: Acto de trato y concierto]
/108v./ Eodem die et loco, que nossotros, el dotor Estevan Roca -retor de la yglessia parroquial del lugar de Valdeargorfa-, mossén Joseph Pueyo, mossén Antonio Colón y mossén Blas Colón -beneficiados de dicha yglessia-, Juan Francisco Martín y Juan Francisco Pel -jurados de dicho lugar-, Joseph Benedid -prior de la cofadría del Señor San Martín y Santa María Madalena-, Francisco Pueyo, Jusepe Estevan y Batista Ripol, todos fabriqueros nombrados por el concejo general de todo el lugar de Valdeargorfa para redificar la yglessia de dicho lugar, y con el poder a nossotros dado y concedido por todo el dicho lugar de Valdeargorfa, según consta por deliveración de todo el concejo general, passamos a ajustar y tratar y dar a estajo el fabricar toda la texa y ladrillo y cal que fuere nezessario para la obra y fábrica de dicha yglessia, durante el tiempo que durare la fábrica de dicha yglessia, con Sevastián Liarte y Pedro Liarte, texeros, padre y hijo, avitantes en dicho lugar de Valdeargorfa, con los pactos y condiciones que se dize y contiene en la capitulación hecha para dicha fábrica de texa, ladrillo y cal, con los pactos y condiciones infrascriptos siguientes:

/109r./ [Encabezamiento: Capitulación hecha y pactada entre los señores fabriqueros de la yglessia parroquial del lugar de Valdeargorfa con el texero que a de fabricar la texa y ladrillo para la obra de dicha yglessia con los pactos y condiciones infrascriptos y siguientes.]

Primeramente, es condición que el texero que entrare a fabricar la texa y ladrillo de dicha yglessia tenga obligación de haver de quemar y parar los ornos de cal que se ofrecieren hacer para dicha obra, y sacar la cal fuera del orno, siendo cada ornada de seyscientos caízes. Y por cada ornada de cal de seyscientos caízes tengan obligación dichos fabriqueros de pagarle por cada ornada por /109v./ beynte libras moneda balenciana. Y dichos fabriqueros tengan obligación de arrancarle toda la piedra y rama que fuere necessario y ponerla junto de la puerta del orno. Y dicho official aya de assistir al tiempo de arrancar la piedra y rama en cada ornada. Y dicho official tenga obligación de hacer una ornada de cal de franco que sea a la terzera ornada. Y si acaeciere errar la cozedura de la cal y passaren de beynte caízes que no estubieren cocidos, que en dicho casso, tan solamente se le pague por caíz, rateando los beynte escudos por los caízes de cal que estubieren cozidos.

Ittem, es condición que dicho official tenga obligación de hacer a su costa un orno que cojan diez mil piezas /110r./ en la valsa de la senda; teniendo obligación, dichos fabriqueros, de pagarle los arcos de dicho orno.

Ittem, es condición que dicho texero tenga obligación de hacer todos los ladrillos y texas que fueren menester para dicha fábrica; haciendo, por millar de ladrillo, por treynta y cinco reales de moneda balenciana; y la texa, por quareynta reales, por millar. Teniendo obligación dichos fabriqueros de cortar la rama que fuere necessaria para cada ornada y traérsela a la puerta del orno. Y la dicha texa y ladrillo la aya de hazer y fabricar al molde que dichos fabriqueros le dieren. Y el dicho te-/110v./xero assí mismo tenga obligación de fabricar todos los ladrillos de moldura que el official de la yglessia le pidiere; pagándole, por cada millar, la dicha cantidad de treynta y cinco reales de moneda balenciana. Y el dicho official tenga obligación de hazer una ornada de ladrillo y texa de franco; y esto, asta la terzera ornada. Y toda la obra sea recibidera por official que lo entienda.

Ittem, es condición que dicho texero tenga obligación de tomar en pago de la cal, texa y ladrillo que hiziere la mitad frutos, la mitad dinero; y los frutos, al precio que el lugar los tubiere para sus becinos, al precio corriente al dinero.

/111r./ Ittem, es condición que dicho texero tenga obligación de hazer este inbierno, que es por todo el mes de marzo, tres ornadas de cal; y desde el presente día de oy asta el mes de agosto primero bi¬niente tenga obligación de hazer sessenta mil ladrillos.

Todo lo qual fue ajustado y tratado entre Sevastián Liarte y Pedro Liarte, texeros presentes, que ofrecieron el cumplir todo los sobredicho. Y lo firmó Pedro Liarte, texero, en su nombre y por su padre, por no saver escribir.

Pedro Liarte otorgo lo sobredicho y firmo por Sebastián de Liarte, mi padre, que dixo que no sabía escribir. (autógrafo)

/111v./ Et assí hecha y pactada dicha capitulación en la manera sobredicha, nossotros, los arriba nombrados, como frabriqueros sobredichos, prometemos y nos obligamos a tener, servar, pagar y cumplir todos los pactos, capítulos y condiciones en dicha capitulación contenidos; y a ello obligamos todas nuestras personas y todos nuestros bienes, assí muebles como sitios, avidos y por haver dondequiere, y todos los bienes y rentas de dicho lugar, etc. Et nossotros, dichos Sevastián Liarte y Pedro Liarte, texeros, avitantes en dicho lugar, que a todo ello presentes nos allamos, que aceptamos, loamos y aprobamos todo lo contenido y pactado en dicha capitulación en y acerca de hacer y fabricar ladrillo, texa y cal para la fábrica de dicha yglessia, para durante la obra de aquélla, por los precio o precios, pacto y pactos y condiciones en dicha capitulación contenidos; y prometemos y nos obligamos a tener, servar y cumplir todos los pactos y condiciones /112r./ en dicha capitulación contenidos, a lo qual tener, servar y cumplir obligamos nuestras personas y todos nuestros bienes, assí muebles como sitios etc., et fiat large etc.

Testes, señores de Joan de Lorita y Martín Lozano, maestros arquitectos, domiciliados en la ciudad de Daroca y de presente allados en dicho lugar de Valdeargorfa.

2
1703, marzo, 25 – VALDEALGORFA

Capitulación y concordia entre la junta de fábrica de la iglesia parroquial de Valdealgorfa y los tejeros -Domingo de Cibitate y Pedro Liarte- acerca de la teja, ladrillo y cal necesarios para dicha fábrica. Domingo de Cibitate y Pedro Liarte aceptan dicha capitulación.
A.H.P.A.: Juan Francisco Rosales, sign. 83, f.177v.-180r.

[Al margen: Acto público de estajo de texa y ladrillo]

/177v.) Eodem die et loco, que nossotros, mossén Gabriel Fuster, mossén Joseph Pueyo, mossén Antonio Colón, mossén Blas Colón, Joseph Benedid y Gaspar Conchel -jurados del lugar de Valdeargorfa-, Jayme Estevan -prior de la cofadría del señor San Martín y Santa María Madalena de dicho lugar-, Francisco Pueyo, Pedro Piquer, Jusepe Esteban, Batista Ripol y Vicente Aguilar, fabriqueros nombrados por el concejo general de dicho lugar para las cossas tocantes y pertenecientes de la fábrica nueba de la yglessia parroquial de dicho lugar de Valdeargorfa, con el dominio, poder y facultad a nossotros dado y concedido por los jurados, conzejo general de todos los becinos y avitadores de dicho lugar de Valdeargorfa, damos a estajo todo el ladrillo y texa que se ofreciere hazer y fabricar para dicha fábrica de la yglesia a Domingo de Zibitate y Pedro Liarte, texeros, havitantes en dicho lugar, por el precio, pactos, capítulos y condiciones puestos y contenidos en la capitulación acerca de ello hecha, la qual es del tenor siguiente:

/178r./ [Encabezamiento: Capitulación hecha y pactada entre los señores fabriqueros de la yglesia parroquial del lugar de Valdeargorfa, de una parte y de parte otra, Domingo de Zibitate y Pedro Liarte, texeros, avitantes en dicho lugar, acerca de fabricar la texa y ladrillo para la dicha yglessia parroquial del dicho lugar, con los pactos y condiciones infrascriptos y siguientes].

Primeramente, es condición que dichos officiales texeros tengan obligación de fabricar toda la texa y ladrillo que fuere menester para la fábrica de la yglessia nueba de dicho lugar, dentro el tiempo que dicha yglessia costare de fabricar y para siempre y quando que el official y maestro de dicha yglessia nece¬ssitare de ladrillo y texa, con la condición y obligación que dichos officiales texeros ayan de hazer el ladrillo y texa al molde que el maestro de dicha obra les diere y señalare, assí ladrillos de moldura como comunes y texas; y esto, por el precio y cantidad de ochenta y seys sueldos de moneda balenciana por cada /178v./ millar, assí de texa como de ladrillo.

Ittem, es condición que dichos officiales texeros tengan obligación de hazer, a su costa, la caxa del orno en la valsa de la senda, en donde está ya señalado con gruessos de paredes. Y assí mismo, tengan obligación de hazer todas las adobas que fueren menester para hazer las paredes de dicho orno y los arcos y griba; y el lugar aya de pagar las paredes de dicho orno, los arcos y griva.

Ittem, es condición que todo el ladrillo que estubiere en dos pedazos viendo compañero se aya de recibir; y en estar rompido en tres pedazos, no se pueda recibir, sino que, antes bien, dichos pedazos, con todo el demás despojo del orno, assí pedazos de texa como ladrillo, aya de ser y sea para la fábrica, sin paga alguna.

Ittem, es condición que assí la texa como el ladrillo la aya de recibir el maestro de la obra de dicha yglessia; y si no fuere recibidera dicha obra, que no se pueda admitir ni pagársela.

/179r./ Ittem, es condición que si sucediere no haber agua en la valsa de la senda y por lo dicho no se fabricare dicha obra, en dicho casso, dichos officiales ayan y tengan obligación de fabricar la obra que fuere menester, assí texa como ladrillo, en la texería de la fuente, al mismo precio.
Ittem, es condición que dichos officiales ayan y tengan obligación de tomar por el balor de la obra que hizieren la mitad dinero y la mitad frutos -al precio que el lugar los pussiere al dinero para sus becinos.

Ittem, es condición que dichos officiales texeros tengan obligación de hazer toda la cal que faltare para dicha fábrica a diez y ocho dineros el caíz. Y si algún becino ubiere menester cal, la aya de pagar a real de moneda balenciana el caíz.

Ittem, es condición que dicho lugar tenga obligación de hazerles, a dichos officiales, el cubierto para tener la texa y ladrillo.

/179v./ Ittem, es condición que dichos officiales tengan obligación de hazer, el presente año de mil y setecientos y tres, cinquenta mil ladrillos; y si hizieren más, no puedan molestar a dicho lugar les paguen la obra, sino que se ayan de aguardar a que el lugar y la fábrica tenga conbeniencia para pagarla.
Ittem, es condición que dichos officiales tengan siempre adelantados cinquenta escudos de obra; los quales no puedan pedir asta el fin y remate de dicha obra. Y si no cumplieren todo lo sobredicho y contenido en la presente capitulación, pierdan dichas cinquenta libras de obra; las quales sean para la fábrica.

Ittem, es condición que los officiales, el orno que hizieren, aya de coger diez mil piezas de ladrillo y texa.

/180r./ Et assí hecha y pactada dicha capitulación en la forma sobredicha, dichos fabriqueros prometieron y se obligaron, en nombre y voz de dicho conzejo general de dicho lugar del Valdeargorfa, el pagar y cumplir todo lo contenido y expressado en la sobredicha capitulación; en la devida forma y manera que en dicha capitulación se dize y contiene. A lo qual, en dichos nombres, obligamos todos los bienes y rentas de dicho lugar y de sus particulares becinos, assí muebles como sitios etc. Et nossotros, dichos Domingo de Zivitate y Pedro Liarte, texeros, avitantes en dicho lugar de Valdeargorfa, que a todo lo sobredicho presente estamos, aceptamos, loamos y aprobamos la sobredicha capitulación, con todos los pactos, capítulos y condiciones en ella contenidos. Y prometemos y nos obligamos a hazer y cumplir toda la obra de ladrillo y texa y cal que se ofreciere para la fábrica de la dicha yglessia, en la forma, modo y manera que en dicha capitulación se contiene y dentro el tiempo que costare hazer la yglessia, dando el abasto de texa y ladrillo y cal, la que fuere menester para dicha fábrica, a lo qual tener y cumplir y a ello no contrabenir obligamos nuestras personas y todos nuestros bienes, assí muebles como sitios etc., los quales etc., et fiat large etc.

Testes, Carlos Rosales y Lamberto Callau, labradores, becinos de dicho lugar de Valdeargorfa.

Contrato a principios del siglo XVIII de la teja, ladrillo y cal necesaria para el templo parroquial de Valdealgorfa.

1700, agosto, 12 – VALDEALGORFA

Capitulación y concordia entre la junta de fábrica de la iglesia parroquial de Valdealgorfa y los tejeros, Sebastián y Pedro Liarte, para la fabricación de tejas, ladrillos y cal.

A.H.P.A. (Archivo Histórico de Protocolos de Alcañiz), Juan Francisco Rosales, sign. 370, ff. 108v.-112r.
Publicado en THOMSON LLISTERRI, Teresa, Las Artes en el Bajo Aragón en la primera mitad del siglo XVIII. Estudio documental, Alcañiz, Centro de Estudios Bajoaragoneses, 1998, pp. 163-165.

/108v./ [Al margen: Acto de trato y concierto]

Eodem die et loco, que nossotros, el dotor Estevan Roca -retor de la yglessia parroquial del lugar de Valdeargorfa-, mossén Joseph Pueyo, mossén Antonio Colón y mossén Blas Colón -beneficiados de dicha yglessia-, Juan Francisco Martín y Juan Francisco Pel -jurados de dicho lugar-, Joseph Benedid -prior de la cofadría del Señor San Martín y Santa María Madalena-, Francisco Pueyo, Jusepe Estevan y Batista Ripol, todos fabriqueros nombrados por el concejo general de todo el lugar de Valdeargorfa para redificar la yglessia de dicho lugar, y con el poder a nossotros dado y concedido por todo el dicho lugar de Valdeargorfa, según consta por deliveración de todo el concejo general, passamos a ajustar y tratar y dar a estajo el fabricar toda la texa y ladrillo y cal que fuere nezessario para la obra y fábrica de dicha yglessia, durante el tiempo que durare la fábrica de dicha yglessia, con Sevastián Liarte y Pedro Liarte, texeros, padre y hijo, avitantes en dicho lugar de Valdeargorfa, con los pactos y condiciones que se dize y contiene en la capitulación hecha para dicha fábrica de texa, ladrillo y cal, con los pactos y condiciones infrascriptos siguientes:

/109r./ [Encabezamiento: Capitulación hecha y pactada entre los señores fabriqueros de la yglessia parroquial del lugar de Valdeargorfa con el texero que a de fabricar la texa y ladrillo para la obra de dicha yglessia con los pactos y condiciones infrascriptos y siguientes.]

Primeramente, es condición que el texero que entrare a fabricar la texa y ladrillo de dicha yglessia tenga obligación de haver de quemar y parar los ornos de cal que se ofrecieren hacer para dicha obra, y sacar la cal fuera del orno, siendo cada ornada de seyscientos caízes. Y por cada ornada de cal de seyscientos caízes tengan obligación dichos fabriqueros de pagarle por cada ornada por /109v./ beynte libras moneda balenciana. Y dichos fabriqueros tengan obligación de arrancarle toda la piedra y rama que fuere necessario y ponerla junto de la puerta del orno. Y dicho official aya de assistir al tiempo de arrancar la piedra y rama en cada ornada. Y dicho official tenga obligación de hacer una ornada de cal de franco que sea a la terzera ornada. Y si acaeciere errar la cozedura de la cal y passaren de beynte caízes que no estubieren cocidos, que en dicho casso, tan solamente se le pague por caíz, rateando los beynte escudos por los caízes de cal que estubieren cozidos.

Ittem, es condición que dicho official tenga obligación de hacer a su costa un orno que cojan diez mil piezas /110r./ en la valsa de la senda; teniendo obligación, dichos fabriqueros, de pagarle los arcos de dicho orno.

Ittem, es condición que dicho texero tenga obligación de hacer todos los ladrillos y texas que fueren menester para dicha fábrica; haciendo, por millar de ladrillo, por treynta y cinco reales de moneda balenciana; y la texa, por quareynta reales, por millar. Teniendo obligación dichos fabriqueros de cortar la rama que fuere necessaria para cada ornada y traérsela a la puerta del orno. Y la dicha texa y ladrillo la aya de hazer y fabricar al molde que dichos fabriqueros le dieren. Y el dicho te-/110v./xero assí mismo tenga obligación de fabricar todos los ladrillos de moldura que el official de la yglessia le pidiere; pagándole, por cada millar, la dicha cantidad de treynta y cinco reales de moneda balenciana. Y el dicho official tenga obligación de hazer una ornada de ladrillo y texa de franco; y esto, asta la terzera ornada. Y toda la obra sea recibidera por official que lo entienda.

Ittem, es condición que dicho texero tenga obligación de tomar en pago de la cal, texa y ladrillo que hiziere la mitad frutos, la mitad dinero; y los frutos, al precio que el lugar los tubiere para sus becinos, al precio corriente al dinero.

/111r./ Ittem, es condición que dicho texero tenga obligación de hazer este inbierno, que es por todo el mes de marzo, tres ornadas de cal; y desde el presente día de oy asta el mes de agosto primero biniente tenga obligación de hazer sessenta mil ladrillos.

Todo lo qual fue ajustado y tratado entre Sevastián Liarte y Pedro Liarte, texeros presentes, que ofrecieron el cumplir todo los sobredicho. Y lo firmó Pedro Liarte, texero, en su nombre y por su padre, por no saver escribir.

Pedro Liarte otorgo lo sobredicho y firmo por Sebastián de Liarte, mi padre, que dixo que no sabía escribir. [autógrafo]

/111v./ Et assí hecha y pactada dicha capitulación en la manera sobredicha, nossotros, los arriba nombrados, como frabriqueros sobredichos, prometemos y nos obligamos a tener, servar, pagar y cumplir todos los pactos, capítulos y condiciones en dicha capitulación contenidos; y a ello obligamos todas nuestras personas y todos nuestros bienes, assí muebles como sitios, avidos y por haver dondequiere, y todos los bienes y rentas de dicho lugar, etc. Et nossotros, dichos Sevastián Liarte y Pedro Liarte, texeros, avitantes en dicho lugar, que a todo ello presentes nos allamos, que aceptamos, loamos y aprobamos todo lo contenido y pactado en dicha capitulación en y acerca de hacer y fabricar ladrillo, texa y cal para la fábrica de dicha yglessia, para durante la obra de aquélla, por los precio o precios, pacto y pactos y condiciones en dicha capitulación contenidos; y prometemos y nos obligamos a tener, servar y cumplir todos los pactos y condiciones /112r./ en dicha capitulación contenidos, a lo qual tener, servar y cumplir obligamos nuestras personas y todos nuestros bienes, assí muebles como sitios etc., et fiat large etc.

Testes, señores de Joan de Lorita y Martín Lozano, maestros arquitectos, domiciliados en la ciudad de Daroca y de presente allados en dicho lugar de Valdeargorfa.

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