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LA IGLESIA DE SANTA MARÍA LA MAYOR

ARTÍSTiCO Y MONUMENTAL

CRONOLOGÍA

Siglo XVIII (conserva restos góticos)

AUTOR

Domingo de Yarza (diseño). Miguel de Aguas, Silvestre Colás y Atanasio Aznar (maestros de obra). Joaquín Cólera

CRÉDITOS

TEXTO: Teresa Thomson, 2024. FOTOGRAFÍAS: Paco Climent, 2005- 2024. COLABORACIÓN (fuentes): Jorge Martín y Elisa Pascual; Ana Domenech y Raúl Tabuenca (UNIVERSA, 2019), Esther Trallero (UNIVERSA, 2020). PLANTA: Luis Ángel Moreno y José Ángel Gil, arquitectos. GEOLOCALIZACIÓN: Diego Romero.

Categoría:
Templos

Ruta:
Visita a la iglesia de Santa María la Mayor de Alcañiz

Población:
ALCAÑIZ

Comarca:
Bajo Aragón

Clasificación:
Gótico / Barroco

La gran iglesia de Santa María la Mayor se eleva en un punto próximo al conjunto de la lonja gótica y de la casa consistorial. Este templo fue colegiata desde 1407 por bula del papa Benedicto XIII hasta 1851, fecha en la que por no ser Alcañiz capital de provincia, se le desposeyó del título que ostentaba.

Del conjunto sobresale la monumental torre gótica -principal testimonio del antiguo templo medieval- y la gran edificación barroca que muestra una fachada de dimensiones catedralicias.

La planta de esta iglesia sigue el esquema básico del Pilar: planta rectangular de tres naves de igual altura, crucero alineado, capillas laterales y cuatro torres en sus ángulos. La basílica zaragozana se convirtió en el paradigma o modelo para toda la arquitectura religiosa barroca de Aragón entre 1675 y 1765; y la iglesia colegial de Alcañiz sirvió como hilo conductor o transmisor de la misma idea en toda la zona del Bajo Aragón, con lo que se convirtió en el centro del barroco bajoaragonés. El proyecto ‘pilarista’ que tanta influencia tuvo fue el que Felipe Sánchez realizó entre 1674 y 1678, caracterizado por la típica planta de salón o hallenkirchen –usada ya con gran éxito en el siglo anterior en Aragón- y el doble pilar o soporte ‘pilarista’ basado en la idea de superponer a un pilar cruciforme el fragmento de un gran entablamento y sobre él un pilar menor, soporte que Diego de Siloe ya usó en 1527 en la catedral de Granada y que permite elevar considerablemente la altura.

Al acceder al interior lo primero que llama la atención es la sensación de amplitud y unidad espacial creada por la idea de iglesia-salón y por los elevados soportes. La nave central y los brazos de la nave crucero se cubren con bóveda de cañón con lunetos; las naves laterales, con bóveda de arista; el crucero, con una gran cúpula; y las capillas laterales, con cúpulas de planta circular y elíptica.

La demolición del templo gótico y la construcción de la gran obra barroca del siglo XVIII -iniciada en 1736 y concluida varias décadas después- estuvo condicionada por el estado de deterioro del edificio medieval; el anhelo de tener un templo de mayor capacidad; la ‘reorientación’ del edificio hacia el centro cívico de la ciudad; y, sobre todo, el deseo de contar con un templo acorde con el gusto del momento.

Tras el decreto del 25 de agosto 1735 por el que el arzobispo de Zaragoza Tomás de Agüero autorizaba la demolición del templo gótico, se encargó el diseño o plano de la nueva iglesia a Domingo de Yarza, arquitecto que había participado en la construcción del templo del Pilar de Zaragoza. La fábrica fue rematada a favor de Silvestre Colás y Miguel de Aguas el 6 de enero de 1736 (abandonando las obras Silvestre Colás un año más tarde). A la muerte de Miguel Aguas (acaecida en 1749) le sucedió en su cargo de maestro de obras fray Atanasio Aznar. La mayor parte de la obra se realizó hasta 1757 (bendiciéndose la primera parte del templo el 19 de febrero de ese mismo año) y a principios de la década de los ochenta se puede decir que ya estaba prácticamente concluida, aunque su decoración interior se prolongó hasta principios del siglo siguiente.

En la construcción de este templo tuvieron una crucial importancia dos maestros de obras: Domingo de Yarza y Miguel de Aguas. El primero de ellos nace entre 1680 y 1685. Reside en Zaragoza y participa de 1725 a 1729 en las obras del Pilar (reformando el proyecto de Herrera). Su plan básico lo reflejará en el proyecto o plano que trazó, en 1736, para la iglesia colegial de Alcañiz: planta rectangular con tres naves de la misma altura, crucero, capillas laterales y torres en las cuatro esquinas. Diseño que tendrá una gran difusión en la zona. Fue, también, visor de la reforma de la iglesia de San Gil de Zaragoza. Murió el 24 de mayo de 1745 en la parroquia de San Felipe.

Miguel de Aguas fue uno de los maestros de obras que más trabajó en la primera mitad del siglo XVIII en esta zona: como ejecutor y como tasador de diversas obras. La obra más significativa en la que intervino fue la iglesia colegial de Alcañiz, llevando a cabo lo proyectado por Domingo de Yarza. En esta obra, en un principio, colaboró con Silvestre Colás, pero pronto quedó él solo encargado de la dirección de las obras, labor que llevó a cabo hasta su muerte. Tras ella, le sucedió Joaquín Cólera (Vidiella, 1926, p. 25).

Enlaces de interés

Fotografías antiguas:

  • fotografía antigua del conjunto del templo procedente del Archivo Galiay (1900-1952) [DARA]
  • fotografía antigua del interior del templo, zona del coro, procedente del Archivo fotográfico de la Sección Femenina (década de 1940) [DARA]
  • fotografía antigua del Sepulcro de los Ram (no conservado), procedente del Archivo Mora (1905-1954) [DARA]
  • fotografía antigua de la Virgen de Nazaret, procedente del Archivo Mora (1905-1954) [DARA]
  • fotografía antigua de banco para sentarse el Ayuntamiento. Archivo fotográfico Juan Mora Insa, conservado en el Archivo Histórico Provincial de Zaragoza (1905-1954). ES/AHPZ – MF/MORA/001402. ES/AHPZ – MF/MORA/001399. [Consulta: DARA, 27-09-2020]

Catálogo J. Cabré:

  • CABRÉ AGUILÓ, Juan, Catálogo artístico-monumental de la Provincia de Teruel, inédito [1909-1910], tomo II, lám. 68, fig. 263 [pp. 205-212, 216].
  •  Virgen de Nuestra Señora de Nazaret, catalogada por Juan Cabré a principios del siglo XX. Ver en: CABRÉ AGUILÓ, Juan, Catálogo artístico-monumental de la Provincia de Teruel, inédito [1909-1910], tomo III, lám. 1, fig. 266 [pp. 2-4].
  • Cálices de plata, catalogada por Juan Cabré a principios del siglo XX. Ver en: CABRÉ AGUILÓ, Juan, Catálogo artístico-monumental de la Provincia de Teruel, inédito [1909-1910], tomo III, lám. 43, fig. 395-396, [pp. 124-134].
  • Imagen de la Santa Fe, catalogada por Juan Cabré a principios del siglo XX. Ver en: CABRÉ AGUILÓ, Juan, Catálogo artístico-monumental de la Provincia de Teruel, inédito [1909-1910], tomo III, lám. 43, [pp. 124].
  • Copón de plata, catalogada por Juan Cabré a principios del siglo XX. Ver en: CABRÉ AGUILÓ, Juan, Catálogo artístico-monumental de la Provincia de Teruel, inédito [1909-1910], tomo III, lám. 43, [pp. 124].
  • Casulla, catalogada por Juan Cabré a principios del siglo XX. Ver en: CABRÉ AGUILÓ, Juan, Catálogo artístico-monumental de la Provincia de Teruel, inédito [1909-1910], tomo IV, lám. 24, fig. 471, [pp.92].

Otros

  • “Excolegiata Santa María la Mayor, Alcañiz”, Bajo Aragón Matarraña es nuestro destino, web Grupo de Acción Local Bajo Aragón Matarraña. Disponible en: https://esnuestrodestino.es/municipios/alcaniz/lugares-destacados/excolegiata-santa-maria-la-mayor (Consulta: 26-VIII-2024).

BIBLIOGRAFÍA

– ABÓS CASTEL, Mª Pilar y MICOLAU, J. Ignacio, «Documentos sobre la participación municipal en la construcción de la Iglesia Colegial de Alcañiz», en Boletín del Centro de Estudios Bajoaragoneses, núm. 1, Alcañiz, Centro de Estudios Bajoaragoneses, 1981, pp. 95-106.
– ANSÓN NAVARRO, Arturo, «Aportaciones para un estudio de la familia de los Yarza, arquitectos zaragozanos, en el siglo XVIII: sus relaciones con las fábricas de La Seo y del Pilar de Zaragoza», en Actas del III Coloquio de Arte Aragonés, en S.A.A., núm XXXIII (1981), pp. 33-52.
– ARDID Y PLANO, Mariano, Memorias para escribir la historia de la ciudad de Alcañiz recogidas, compiladas y adiccionadas por don Mariano Ardid y Plano, natural y vecino de dicha ciudad, Alcañiz, 1852 (se utiliza el manuscrito original conservado en el Archivo Municipal de Alcañiz; en 2022 se publica la transcripción de Jesús Ponz Zapater de este manuscrito,  impresa por Artes Gráficas Trámax).
– BENITO MARTÍN, Félix, Inventario arquitectónico: Teruel, Zaragoza, Departamento de Cultura y Educación de la Diputación General de Aragón, 1991.
– CABRÉ AGUILÓ, Juan, Catálogo artístico-monumental de la provincia de Teruel, inédito [1909-1910]. Original conservado en la Biblioteca Tomás Navarro Tomás, CCHS, CSIC. Disponible en: http://biblioteca.cchs.csic.es/digitalizacion_tnt/index_interior_teruel.html (Consulta: 29-V-2024).
– CID PRIEGO, Carlos, La Colegiata de Alcañiz, Teruel, Instituto de Estudios Turolenses, 1956.
– GIL SAURA, Yolanda, Arquitectura barroca en Castellón, Castellón, Diputación, 2004.
– GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, Vicente, Noticias histórico-artísticas de Alcañiz. Siglos XVII y XVIII, Alcañiz, Centro de Estudios Bajoaragoneses, 1994.
– LAGUÉNS GONZÁLEZ, Miguel A., «Evolución urbana de Alcañiz», Al-Qannis, Boletín del Taller de Arqueología de Alcañiz, núm. 3-4 (monográfico), Alcañiz, Taller de Arqueología de Alcañiz, 1995, pp. 301-345.
– MAGDALENA LACAMBRA, Federico, La iglesia colegiata de Alcañiz. Apuntes históricos, Zaragoza, El Noticiero, 1944.
– MARTÍN MARCO, Jorge y GIL BORDÁS, José Ángel, «La antigua iglesia colegial de Alcañiz: un ejemplo de promoción artística en el medievo aragonés», Actas del XIV Coloquio de Arte Aragonés, Zaragoza, Prensas de la Universidad de Zaragoza, 2017, pp. 263-280. Disponible en: https://www.academia.edu/35295860/La_antigua_iglesia_colegial_de_Alca%C3%B1iz_un_ejemplo_de_promoci%C3%B3n_art%C3%ADstica_en_el_medievo_aragon%C3%A9s (Consulta: 29-V-2024).
– MARTÍN MARCO, Jorge, «El proceso constructivo de la Colegiata de Santa María la Mayor de Alcañiz (Teruel) a través del pleito entre el Ayuntamiento y el Cabildo. 1771-1779», Cuadernos dieciochistas, 21 (2020), pp. 365-405. Disponible en: https://zaguan.unizar.es/record/99369 (Consulta: 29-V-2024).
– MARTÍN MARCO, Jorge, «Arquitectura al servicio de la devoción: las capillas del Santo Cristo y Nuestra Señora de la Soledad en la colegiata de Alcañiz (Teruel). 1579-1580 y 1698-1732», Artigrama, núm. 30 (2020). pp. 217-240. Disponible en: https://zaguan.unizar.es/record/106653/files/texto_completo.pdf
(Consulta: 29-V-2024).
– RÁBANOS FACI, Carmen, voz «YARZA, los», en Gran Enciclopedia Aragonesa, Zaragoza, edit. Unali, 1980, XII, pp. 3377-3378.
– SANCHO, Nicolás, Descripción histórica, artística, detallada y circunstanciada de la ciudad de Alcañiz y sus afueras, Alcañiz, Imprenta de Ulpiano Huerta, 1860.
– SEBASTIÁN LÓPEZ, Santiago, Inventario artístico de Teruel y su provincia, Madrid, Ministerio de Educación y Ciencia, 1974.
– SERRANO SALVADOR, Gaspar Bono, Miscelánea religiosa, política y literaria en prosa y verso, Madrid, imprenta viuda de Aguado e hijo, 1870.
– TABOADA CABAÑERO, Eduardo Jesús, Mesa Revuelta. Apuntes de Alcañiz, Zaragoza, tip. La Derecha, 1898.
– THOMSON LLISTERRI, Teresa, Las Artes en el Bajo Aragón en la primera mitad del siglo XVIII. Estudio documental, Alcañiz, Centro de Estudios Bajoaragoneses, 1998.
– THOMSON LLISTERRI, Teresa, Las Artes en el Bajo Aragón en la segunda mitad del siglo XVIII. Estudio documental, Alcañiz, Centro de Estudios Bajoaragoneses y Ayuntamiento de Alcañiz, 2002.
– THOMSON LLISTERRI, Teresa, Iglesia de Santa María la Mayor de Alcañiz, Alcañiz, Centro de Estudios Bajoaragoneses, 2006.
– THOMSON LLISTERRI, Teresa, Noticias y documentos para la historia de Santa María la Mayor de Alcañiz, 2022. Disponible en: https://www.alcaniz.es/es/home/cultura/archivo/archivo-e-investigacion (Consulta: el 11-III-2023).
– VIDIELLA Y JASÁ, Santiago, Un rector de Valdeltormo. Vida y obras del ilustre bajo-aragonés D. Evaristo Colera Soldevilla, [separata de la revista Universidad] Zaragoza, tip. ‘La Académica’, 1926.
– VIÑAZA, Conde de la, Adiciones al Diccionario Histórico de los más ilustres profesores de las Bellas Artes en España de D. Juan Agustín Ceán Bermúdez, Madrid, 1889.
– ZAPATER Y SANCHO, Pedro Juan, La Thesorera descubierta y vengada de las injurias del tiempo, Alcañiz, 1704 (se utiliza la copia manuscrita realizada por mosén Evaristo Cólera, que conservan los Padres Escolapios; en 2017 se publica la transcripción de Jesús Ponz Zapater del manuscrito conservado en la Real Academia de la Historia de Madrid, impresa por Artes Gráficas Trámax).

IMÁGENES

1. Iglesia de Santa María,2005
2. Iglesia de Santa María, 2010
3. Iglesia de Santa María, 2005
4. Iglesia de Santa María, 2005
5. Iglesia de Santa María, 2005
6. Iglesia de Santa María, 2005
7. Iglesia de Santa María, 2009
8. Iglesia de Santa María, 2009
9. Iglesia de Santa María, 2024
10. Iglesia de Santa María, 2024
11. Plantas superpuestas.jpg

LOCALIZACIÓN

DOCUMENTOS

1. Contrato de la fábrica de la iglesia colegial de Alcañiz con Silvestre Colás y Miguel de Aguas.

1736, abril, 8 – ALCAÑIZ

Capitulación y concordia entre la junta de fábrica de la iglesia colegial de Alcañiz y los maestros de obras, Silvestre Colás y Miguel de Aguas, para la fábrica de la nueva iglesia colegial de dicha ciudad. Moderación de la obra: no se construye la torre más próxima a la de las campanas y se reforma la otra del testero.

A.H.P.A. (Archivo Histórico de Protocolos de Alcañiz), Miguel José de la Figuera, sign. 117, ff. 180r. – 191v.
Documento publicado en THOMSON LLISTERRI, Teresa, Las Artes en el Bajo Aragón en la primera mitad del siglo XVIII. Estudio Documental, Alcañiz, Centro de Estudios Bajoaragoneses, 1998, pp. 325-337 (doc. 34).

/180r./(Al margen: Obligación)

Eodem die et loco, que nosotros, Silvestre Colás, vecino de la villa de Escatrón, y Miguel de Aguas, vecino de esta ciudad de Alcañiz, ambos maestros de architectura, attendido y considerado que el día seis de el mes de henero próxime pasado de este corriente año fue rematada a nuestro favor, como mejores postores, la fábrica de la insigne iglesia colegial de esta dicha ciudad de Alcañiz, por precio de treinta y quatro mil libras jaquesas, executadera dicha fábrica por el tiempo y con las condiciones y obligaciones que se expresan en la capitulación hecha cerca dicha fábrica, firmada por los señores comissarios, nombrados por entrambos cavildos -eclesiástico y segular- de esta dicha ciudad, según y conforme el diseño hecho por el maestro Domingo Yarza, vecino de la ciudad de Zaragoza, que para original en el archivo de esta dicha ciudad de Alcañiz, cuya capitulación queda originalmente inserta en el prothocolo, registro y matriz de esta escritura y su thenor a la letra es como sigue.

(Inscrívase aquí la capitulación).

/181r./ (Encabezamiento: Capitulación y pactos con que se deberá construir el nuevo templo de la insigne colegial de la ciudad de Alcañiz)

1. Demolición.-
Tendrá obligación el maesto o maestros que conzertaren la referida fábrica de desmontar toda la fábrica viexa y aprovecharse de todos los materiales que fueren buenos para la fábrica nueva; y todo el despoxo que fuera inútil, tenga la obligación de sacarlo fuera, a los puestos que tiene señalados la ciudad.

2. Plantazión primera.-
Así mismo, tendrá obligazión de plantear todo el templo que se ha de construir nuevo como demuestra el diseño: dándole, a la nave mayor y crucero, cinquenta y quatro palmos de luz de pilastra a pilastra; y a las naves colaterales y a las traversales les dará treinta y seis de pilastra a pilastra; y a las columnas, onze palmos y medio; y al grueso de paredes, quatro; y al fondo de capillas, veinteisiete. Y se previene que en esta plantazión, por ser para la escavazión de fundamentos, les deverá dar el aumento, a saver es: a las columnas, tres palmos y medio por toda su cincunvalazión; a los estrivos, dos y medio; a la pared interior, un palmo por cada lado; y a la exterior, un palmo por dentro y palmo y medio por de fuera, para el cargamento de el zócalo o recinto que ha de circumbalar toda la obra; y esta plantazión también se ha de abrir por la embocadura de las capillas.

3. Escavazión.-
Assí mismo, tendrá obligación el uno de los dos maes- /181v./ tros de hallarse presente a la escavazión de todos los dichos fundamentos, la que correrá por quenta de la fábrica el abrirla y el hechar fuera sus enronas; y de quenta de el maestro será la instrucción para que los abran a peso y en lígnia recta, reconociendo bien los terrenos para quando salgan firmes y sólidos para su cargamento, porque de no ser así siempre será de quenta de el maestro el desacierto que huviere.

4. Zimentar.-
Assí mismo, será de la obligazión de el maestro macizar todos los referidos fundamentos, yendo por su quenta todo el coste; y los mazizará con piedras de sillería desvastadas; y éstas serán de las canteras de mexor calidad que se hallen en los términos de esta ciudad. Y se previene que todo lo que se profunden los dichos fundamentos más tres varas, contadas de el pavimento interior de la fábrica, se les pagará a más de el concierto total de la obra; y si vaxare menos, se le ará desquento; y lo que esté exceso de cimiento importare una vez executado hasta el pavimento interior, se le ha de pagar a los maestros luego de contado y sin dilazión. Y también se previene que como el terreno de circumbalazión de esta fábrica por lo exterior estará más vaxo que el interior, tenga obligación de todo lo visible de este fundamento de hazerlo con piedra atallantada.

5. Plantazión segunda.-
Hechos y mazizados todos los referidos fundamentos y puestos a nivel, tendrá obligación el maestro sobre ellos el hacer la segunda plantazión con los gruesos de paredes y claros que narra el segundo pacto de esta contrata, como también con todos /182r./ los movimientos de pilastras, membretes, boquillas, jambas, roturas de puertas y bentanas que ban construidas en la planta, dexándola planteada en ángulos rectos, así el todo como todas sus partes.

Zócalo o talus.-
Y se advierte que a la parez exterior, en toda su línia de circumbalazión, se ha de dar dos tercios de palmo de más grueso en la altura de doze palmos, formando un zócalo por todo el recinto de la fábrica; y a la referida altura hará el retiro con el declivio correspondiente.

6. Construczión de el cuerpo primero.-
Planteada toda la obra en la forma referida, tendrá obligación el maestro de levantar todas las paredes y columnas que ay construidas en la planta con todos los movimientos de pilastras, membretes, boquillas y jambas, dexando de mazizar todas las roturas de puertas y bentanas. Y los materiales con que se deverá construir este primer piso, hasta la altura de el cornisamento exterior de las capillas, es: de piedra atallantada -por lo exterior- y de picón -por lo interior-. Y de la misma piedra atallantada ha de ser el cornisamento que a este cuerpo le sirve de faciata. Y la pared exterior, por dentro, se construirá de mampostería real, procurando que esta mampostería se travage bien, con buena cal, atizonándola bien con los sillares que ban por lo exterior; y éstos han de pasar todo el grueso de la pared de tres en tres iladas. Y la pared interior y estrivos la construirá con piedra apiconada por la frente que mira a la nave, formando con ella el pilastrado que lleba; y por la cara que hace frente a los estrivos y /182v./ capillas, las construirá de mampostería real, atizonándolas en la forma referida arriba; y el mismo orden observará en los estrivos; y en esta construcción de paredes y estrivos es donde se le da al maestro para que emplee el despoxo de la obra viexa, como no sean piedras tocadas de el salitre.

7. Vasamento – Columnas.-
Assí mismo, continuará y será de su obligazión la construcción de las columnas, sentado el basamento anticurbo, así en las columnas como en todo el pilastrado que corresponde a ellas en todas las quatro frentes de la pared interior; y estos basamentos serán de piedra bien labrada y atallantada, de la más firme y sólida que se halle en los términos de esta ciudad. Y de la misma calidad de piedra y atallantada deberá hechar el rodapié de todo lo interior de la fábrica, y a la altura de el vasamento referido. Sentados y encarzelados los dichos basamentos, continuará en levantar las columnas hasta el sargeo de la cornisa con los materiales de yeso y ladrillo de la mexor calidad que se halle en esta ciudad, procurando que el ladrillo esté bien sentado y travadas sus juntas, y se la prive que en este mazizo de columnas no emplee cascote sino ladrillo de la calidad prevenida. Y se previene que las quatro columnas de el cruzero adonde ha de cargar la media naranxa han de ser de piedra apiconada, formando en ellas todos los movimientos que lleba la columna; y la piedra ha de ser la más fuerte que se halle en los términos de esta ciudad; y estas quatro columnas han de ser iguales como las construidas de ladrillo, dexándolas todas a la altura del perfil.

8. Cornisamento interior, segundo cuerpo.-
Levantada toda la fábrica a la referida altura, ten- /183r./ drá obligación el maestro de sargear todo el cornisamento interior de la fábrica, así en las columnas como en las quatro línias de longitud y latitud que sirven de circumbalazión a lo interior de esta fábrica, dándole la altura y buelo que muestra el perfil; mostrando en el referido sargeo todos los movimientos que lleba la fábrica.

2ºCuerpo.-
Después de sargeado el referido cornisamento de yeso y ladrillo, continuará ha hacer la misma diligencia con el vaquillo, hechándole el sargeo que le cupiere para la moldura que lleba; y en continuazión levatará toda la caxa de la obra con la incorporación de estrivos y torres, dexando las roturas de ventanas correspondientes, como demuestra el perfil, en todas sus quatro frentes. Levantadas todas las referidas paredes, estrivos y torres a la altura que muestra el diseño, las cubrirá con el cornisamento exterior que las corona en toda la línia de zircumbalazión de paredes y torres. Y se previene que este cornisamento ha de ser de ladrillo y yeso, como también todo lo que se deexare ver.

Este segundo cuerpo de los texados de las capillas arriba, excepto el frontis principal de la iglesia, la cubierta de los estrivos, la última moldura de el cornisamento y todas las esquinas de él, que han de ser de piedra atallantada de buena calidad. Y también se previene que a el tiempo de levantar las referidas paredes ha de dexar movidos los arrancamientos de los arcos que les corresponden y hazen frente a las columnas, hasta que la línia cóncava salga media vara de el perpendículo de la pared. Y también ser previene que el asiento de ladrillo de las referidas /183v./ paredes, estrivos y torres ha de ser de burcería caboyado y ranchetado y abiertas las juntas a plomo.

9. Arcos.-
Levantada toda la caxa referida de la fábrica, tendrá obligación el maestro de bolver todos los arcos de las tres naves de yeso y ladrillo, dándoles la latitud y rosca que demuestra el diseño; procurando que se travagen bien montados y adobelados, con el menor yeso que se pueda; y que todo el material sea de buena calidad para que haga un cuerpo firme y sólido. Y se previene que a el mismo tiempo que se vayan travajando se enrasen sus enpuxas hasta coronar la rosca. Y en los torales se travage también las pechinas para que el enrrase y pechina hagan un cuerpo y la obra quede con más firmeza.

10. Enmaderar y texar.-
Bolteados y enrrasados los referidos arcos, tendrá obligación el maestro de hazer la plantazión de pilares para el cargamento de las tixeras para formar los batientes de aguas de los texados, como también los quatro tímpanos o cerramientos que lleba esta fábrica, dexando en cada uno de ellos una ventana circular para ventilación de las maderas, y tres pirámides de piedra para que le sirva de remate, pero sin cruz. Levantados los referidos pilares a la altura que demuestra el diseño, formará sobre ellos el armamento de los texados con tigeras y puentes de el grueso de media vara para su diámetro mayor, y un plano y dos tercios por el menor, dándoles el declivio que según el diseño les perteneze. Después de armados tixeras y puentes en la forma que demuestra el perfil y en los puestos que les pertenezen, sobre ellos enmaderará con maderos redondos toda la longitud y latitud de esta fábrica; y que tengan de grueso, por su diámetro menor, un palmo y un dedo; poniéndolos distantes de uno a otro tres palmos menos tres dedos, /184r./ clavándolos muy bien a los extremos con clavos de a tercia. Sobre este referido enmaderado sentará la tabla oxa de el grueso de dos cantos de real, de a ocho más que la ordinaria, clavándola muy bien en todos los maderos que le sirven de asiento. Sobre el referido entablado sentará la texa con barro y cerrolleno, cruzando una texa sobre otra tres quartos de palmo -así canales como cubiertas-. Y se previene que la texa deverá ser un tercio más grande en lo largo, ancho y grueso que la común. Entexado el referido texado, se hará los andadores que le corresponden -de la anchura de un ladrillo- en esta forma: en toda la línia de circumbalazión, a peso de la pared exterior; en el cavallete que parte los batientes, de aguas; y desde éste a los otros, quatro en cada lado; dexándolos sentados con yeso y bien caviados; y por devaxo de ellos, bien desembarazadas, las canales.

11. Cimborrio.-
Tendrá obligazión el maestro, sobre las pechinas y arcos torales, hazer el sargeo de la cornisa como demuestra el perfil, armando un telar quadrado con quatro maderos de a sesenta y quatro palmos de largo y media vara de grueso por quadro; y después, con los maderos correspondientes formar ochavo; y con otros menores formar dieziseisavo; y con el material de yeso y ladrillo reducirlo a círculo; y después de bien clavado con clavos correspondientes a las maderas, lo encarcelará con yeso y ladrillo; y sobre él continuará a levantar el tercer cuerpo de esta fábrica, que es el zimborrio, media naranxa y linterna, con todos los gruesos de paredes y movimientos que muestra la planta y el perfil -así por lo interior como por lo exterior-, sentados todos /184v./ los telares en los puestos que se demuestran, dexando las roturas de bentanas en los puestos que les pertenezen. Y se previene que los bolantes que han de ir de un telar a otro han de ser treinta y dos -los dieziséis al telar que sostiene la linterna y los otros dieziséis al telar de fortificación-; y a toda esta armadura se le hechará la clavazón correspondiente, entablando sobre ella con tablas llamadas de a diez o arqueras para que puedan resistir la clavazón de la texa, que tendrá la obligazión de ponerla albarnizada y de colores. Sobre el referido texado carga el banquillo que sirve de planta a la linterna y sus arbotantes, el que continuará armando un telar ochavado de madera, reciviéndolos desde los bolantes con pies drechos de madera, dexándole formada la moldura que demuestra el perfil, entablándolo y elevándolo muy bien. Y también será de su quenta el emplomarlo, así por el perfil de sus ocho frentes como por la superficie plana de la parte superior, que es donde sienta la linterna. Sobre el referido vanquillo planteará la linterna con todos los movimientos que tiene la planta y perfil; y sobre ella, el capitel, el que deverá executarse como demuestra su perfil, así en gruesos de madera como el ornato de moduras, dándole toda la fortificazión necesaria; lo entablará y emplomará, a su quenta, con planchas, que cada palmo su perfil pese quatro libras; y de ella será la del vanquillo y rebotantes; sobre el referido capitel tendrá la obligazión de poner la bola y cruz, asegurándolas bien con un barrón de yerro, como demuestra el diseño; y el barrón lo deberá asegurar en la ahuja de el capitel con abrazaderas de yerro, como está demostrado; y la bola y la cruz la dorará de sisa.

12. Bóvedas.-
También será de la obligación de el maestro el construir todas las bóvedas de las tres naves de esta fábrica de el grueso /185r./ de dos falfas, de yeso y ladrillo; atizonándolas bien en los arcos y paredes, lo menos dos tercios de palmo; y mazizar bien sus tercios con yeso y ladrillo; y por la parte convexa, xarreándolas, labarlas y bruñirlas a punta de paleta.

13. Capillas.-
Al mismo será de la obligación de el maestro el construir todas las formaciones de capillas que tiene todo el cuerpo de esta fábrica como están demostradas en el plano, con las sachristías que le corresponden. Y se previene que las quatro de los testeros han de llebar media naranxa y linterna; y las demás restantes, bóvedas baídas, excepto las de el trascoro, que han de ser bóvedas de arista. Y los materiales con que éstas se han de construir han de ser de yeso y ladrillo -excepto el arco de el retablo y el de la embocadura de la capilla que han de ser de piedra-, hechándole al de la boca de la capilla otro apuntado sobre el esférico. Y también se previene que las quatro que lleban medias naranxas y linternas se les deverá hechar todos los telares y armamentos que se muestran en el diseño, así en la media naranxa como en el capitel y linterna. Y cubrirá todas las referidas capillas, sachristía mayor, torres y pórtico con las mismas condiciones que los de el cuerpo de la iglesia, así en texa como en maderas correspondientes; previniendo que devaxo adonde han de vertir las aguas de los texados de el cuerpo principal de la fábrica, sobre la primera entexadura, se ha de enladrillar toda la porción que huviere desde la pared hasta donde se conozca que pueden vertir el agua las canales de arriba; y sobre este enladrillado se ha de volver a entexar, para que de esta forma pueda resistir el /185v./ golpe de las canales de arriva. Y también se previene que ha de hechar un andador con las mismas condiciones que los de arriba y a plomo de la pared foral. Y los capiteles de las linternas de las capillas también será de su obligación cubrirlos con texas embarnizadas y de colores, rematando cada capitel con un pirámide de piedra; y lo mismo ará con los estrivos, poniendo texa ordinaria.

14. Sachristía mayor, pórtico y torres.
También será de la obligación de el maestro el construir la sachristía mayor y pórtico, haziendo las bóvedas y cielos rasos de listón y sogueta, armándolo todo bien abastecido de madera y a las alturas que demuestra el perfil. En las torres y pórtico tendrá obligación de hechar los suelos de bovedillas para formar algunas havitaciones; y las maderas que se pusieren deberán ser labradas y de el grueso correspondiente a su longitud. Y en la una de las torres formará una escala para subir a las falsas de las bóvedas, como también las que fueren menester para las referidas havitaciones. Y se previene que en la torre de el costado izquierdo dexará una rotura de puerta en la pared foral, para que por ella entre y salga el cura sin dependencia de la principal.

15. Jarreo, yeso y blanqueo.-
También será de la obligazión de el maestro jarrear todas las paredes interiores de esta fábrica de yeso pardo, hechando sus maestras para que todas ellas queden a plomo, desaliviadas y bien rectas las esquinas y rincones -así en bóvedas y arcos como en paredes-, empezando desde la linterna de el cuerpo principal y su continuación, media naranxa, zimborrio, pechinas, arcos, bóvedas, columnas y pilastrados, lienzos de paredes, capillas, sachristías, pórtico y todas las havitaciones. Y a su continuazión, labarlas de yeso pardo, y dexar todo lo referido de raspado, como también a su tiempo dexar blanqueado con /186r./ yeso blanco, dado de llana y bruñido o con paños, dexándolo todo bien rematado y terso y sin enquentros los rincones y esquinas.

16. Total architectura y adorno.-
También será de la obligación de el maestro el construir toda la architectura de todas las partes de este templo, arreglándose en todo a la orden compuesta, que es la que le perteneze por su seriedad, así en el cuerpo de la iglesia como en todo lo demás de sus partes; empezando desde la linterna mayor, hechándole los cornisamentos y ornatos que le pertenezen y que muestra el perfil, así en la linterna como en el zimborrio, media naranxa, pechinas, arcos, columnas, banquillos, pilastras, boquillas, bentanas y capillas. Dexándolo todo bien corrido y resalteando todos los movimientos que muestra el diseño, excepto el ornato que lleban las embocaduras de las capillas, que las dexará con la imposta de el mismo orden monteándola por el arco esférico. Y en las capillas que no lleban linterna hechará un floroncillo de talla en su zentro. Y se previene que en la sachristía mayor, traschoro y pórtico también le hechará la architectura correspondiente; y a los cielos rasos de las sachristías menores, una media caña por toda su circumbalazión, dexándolo todo bien rematado conforme las reglas de arte.

17. Pavimento.-
Assí mismo, será obligación el pavimentar toda la superficie plana de esta fábrica -como es, todo el cuerpo principal de la iglesia, fondos de capillas, sachristías, torres y pórtico- con losas de el grueso suficiente, bien ata- /186v./ llantada y juntas, cruzándose unas con otras. Y en las porciones de iglesia y que más convenga y le señalen tendrá obligación de formar sepulturas, formando faxas regalciadas para que encargen dos losas que serán las que cubrirán cada sepultura. Esto así, supuesto y bien entendido que el pavimento interior de la nueva iglesia que se trata construir ha de tener dos palmos menos de el que tiene la iglesia viexa -que es igual al pavimento de la capilla de el Santo Christo-. Y quedando la escavación de este revage de dos palmos al cargo de la fábrica, lo será de los maestros el disimular dichos dos palmos, construyendo con la altura de el uno grada de piedra atallantada con bozel en la enbocadura de dicha capilla; y el otro palmo le han de disimular con todo arte en el interior de dicha capilla hasta la grada de su prebiterio, dándole a ésta la más altura que permita; y lo restante de dicho palmo, con declive en el pavimento. Y se previene que las gradas de el presbiterio, tarimas de todos los altares, también las hechará de piedra, dexando formadas las mesas de altares.

18. Puertas y sus errages.-
Assí mismo, será obligación de el maestro el hazer toda la carpintería de las quatro puertas forales o exteriores. Se deverán aforrar con ofa de lata y clavazón de ierro, formando cada clavo una estrella. Y éstas deverán ser bien abastecidas de madera y con la fortificación necesaria; que tengan ellas de sí toda la seguridad que se necesita para la seguridad de el templo. Y a las dichas puertas les deverá hechar los herrages correspondientes a la moda que se travaxan en Zaragoza, sin que nada les falte hasta entregar las llaves de las dichas quatro puertas.

19. Ornato del frontis, puertas y ventanas.-
Assí mismo, será obligación de el maestro, en las quatro puertas exteriores, el hecharles algún ornato de architectura; como también a una quinta /187r./ puerta fingida que ha de crehar en una de las dos torres de el frontis de la fábrica; no excediendo en todos los dichos ornatos de doscientas libras jaquesas; advirtiendo que se ha de tasar, por si vale menos, hazer descuento. Y en todas las ventanas exteriores de primero y segundo cuerpo de la iglesia tendrá obligación de hecharles unas molduricas que les sirva de adorno, que las de los demás cuerpos ya se muestran sus adornos en el perfil. Como también se deberá hechar un pilastrado en el frontis. Y se entiende que aunque se señala por obligación de maestros los ornatos de puertas y frontis hasta la expresada cantidad, ha de quedar a discreción de los señores de la junta el aumento de ornatos que les pareciere, en el precio que con los maestros convinieren.

20. Materiales pertrechos.-
Assí mismo, será de la obligación de el maestro poner por su quenta todos los materiales que fueren menester para la construc¬ción de este templo, de todas las especies que menciona esta contrata, buscándolos de la mexor calidad de este país; y los que no se encuentren, los traiga de afuera; como también todo género de oficiales y peones que fueren menester y todos los instrumentos que fueren necesarios para construirla, sin que los señores de la junta de fábrica tengan más obligación que entregar la cantidad de dinero con que quedare conzertada.

21. Limosnas.-
Assí mismo, se pacta que si algún vezino de esta ciudad hiciere alguna limosna de conducir materiales o travaxar personalmente o dar algún género de material, tenga obligación el maestro de admitirlo a los precios regulares, lo han de abonar en pago de sus tercios o cantidad mensual que deban recivir /187v./ y en la porción de frutos, sin que por ningún caso se desquente en la porción de dinero que se les debe dar.

22. Entrega.-
Assí mismo, se pacta que la referida obra la ha de entregar vista y reconocida y a satisfacción de peritos, para ver si la ha travajado conforme leyes de buena fortificación y firmeza, y si la dexa respecto está demostrada en los diseños, así en todo como en cada una de sus partes.

23. Lonxa.-
Assí mismo, será de la obligación de el maestro el construir una lonxa de el ancho que tiene la nave principal de la iglesia y delante su puerta principal, con las gradas que le corresponden. Y que ésta se ha de construir de piedra atallantada de la mexor calidad. Con advertencia que si excede la dicha lonxa de la cantidad de trescientas libras jaquesas, se deberá bonificar al dicho maestro todo el demás importe, y el menos importe, bonificarle a la fábrica. De forma que a la dicha lonxa se le ha de dar su deszenso a la frente con gradas que formen tres caras de la más fuerte piedra atallantada y con vozeles; y a los costados, deszensos apacibles y empedrados, con antepechos de correspondiente declive que rematen u cierren de la misma piedra, a modo de cornisamento; y en los extremos, sus zócalos y pirámides de durazión y buen parezer, a elección de /188r./ los señores de junta de fábrica, a quienes antes y primero de su construcción se ha de presentar por los maestros su deliniación y dibujo. Y para la regulación de su coste, se tendrá presente el pilastrado que en el capítulo diezinueve se condicionó por suplemento de lonxa, respecto de que con ésta se ha de omitir el dicho pilastrado.

24. Ampliazión.-
Y por quanto se ha reconocido ser necesaria la extensión de la dicha fábrica mediante la ampliazión de una de las naves transversales, para salvar el cruzero de la imperfección que promete el grueso de el cruzero de la capilla de el Santo Cristo, es condición que los maestros le han de dar a la quarta nave transversal el aumento de quatro palmos de luz en el intercolumnio; y con esta ventaxa disimular el excesivo grueso de los machones de dicha capilla; quedando en lo demás y total de la fábrica de dicha iglesia, sus naves y capillas, ampliación y elevación sin novedad, en la misma proporción que va capitula¬do, salvo que en la longitud de todo el templo saldrá el aumento de dichos quatro palmos; y será de el cargo de la fábrica satisfacerle a los maestros prorrata; y al respecto de la cantidad de el remate, con la moderación que le corresponde, por no haver de comprehender este aumento la amplitud y elevación respectiva a él.

25. Moderazión.-
Ittem, es condición que sin embargo quedar capitulado y plantificado en el perfil y planta haverse de construir quatro torres -las dos al frontis y otras dos al poniente- por hevitar inconvenientes que se an tocado, en moderación de lo capitulado, se ha de omitir la construcción de una de las dos /188v./ torres de poniente, la que corresponde a la parte de la torre de las campanas, y la otra que le haze juego a poniente solamente se ha de elevar hasta igualar con el rafe de las nuevas capillas. Y el importe de esta reforma y moderación se ha de revaxar de la total cantidad de el remate para beneficio de la fábrica, a justa tasación o prodente regulación proporcionada a la dicha cantidad de el remate, quedando a el arbitrio de los señores diputados de la junta de fábrica darle la más elevación de dicha torre, como por bien tubieren y a los maestros ordenaren.

26. Otra moderazión y convenio.-
Ittem, por quanto se han reconocido muchas y costosas dificultades para la construcción de una capilla -que es la última a la parte y línia de el mediodía y poniente, y correspondiente al jardín de las señoras Lombartas- con la mucha profundidad que promete grande elevación a los fundamentos hasta el pavimento interior de la iglesia y costosos machones que se consideran precisos para la seguridad de aquélla, se ha tenido por bien y están conbenidos los maestros haver de fabricar de su quenta dicha capilla, conforme la planta y con la mayor seguridad que permita el arte, tomando a su cargo el levantar los fundamentos de dicha capilla hasta el pavimento de la iglesia, como también toda /189r./ la pared y su cimiento que corre por el costado de la capilla que hace el testero de la nave menor hasta la esquina donde remata; y esto, por la cantidad de trescientas libras jaquesas, que se les aumenta por la fábrica a dichos maestros, pagaderas en los mismos plazos y efectos que la cantidad de el remate; quedando muerto y a beneficio de el maestro el cimiento de doze palmos correspondiente a la torre reformada, que serán de su obligación, y no se le han de cargar ni al caudal de la fábrica abonar, si tan solamente el coste que tendría la reformada torre -desde el pavimento interior de dicha iglesia hasta su perfección- con la capitulada elevación.

27. Pagas y tiempo para la construcción.-
Ittem, es pacto y condición asentada con los maestros que la fábrica de el dicho nuevo templo se ha de hazer y construir en el tiempo y espacio de diez años siguientes a el día de el remate; y que para ello, por parte de la fábrica y sus caudales, se les ha de dar y entregar treinta mil libras jaquesas, repartidas por dicho tiempo; y en cada un año, tres mil libras, con proporción a el estado y adelantamiento que tubiere la obra. Y que la dicha cantidad ha de ser entregada: su tercera parte, en dinero; y las dos restantes, en frutos de azeite y trigo, regulados a los precios que el ayuntamiento de esta ciudad les pusiere en cada un año, como los tiene de costumbre. Y que si la paga fuese en cantidad más que las tres mil libras correspondientes a cada año, los ma- /189v./ estros serán obligados a adelantar las obras y fábrica a proporción de la cantidad y su aumento; y si ésta fuere menor o padeciese retardación la entrega de dichas tres mil libras, cumplirán con observar la misma proporción en la obra y su execución. Y a mayor abundamiento se previene y sienta por condición que si a los señores de la junta de fábrica pareciere hazer los pagos en dinero y no en frutos, lo podrán executar, y los maestros lo deverán recivir, dándose por contentos, sin réplica ni recurso. Y que las quatro mil libras jaquesas restantes al cumplimiento de las treinta y quatro mil de el remate no se han de pedir por los maestros hasta estar concluida y recivida la dicha fábrica, como lo deben hazer con los treinta mil escudos; y este caso llegado, les serán pagadas dichas quatro mil libras en los dos años siguientes a la entrega de dicha obra, y no antes, en cantidades iguales y con la misma proporción de dinero y frutos como en el antecedente capítulo queda expresado.

28. Negazión de mejoras.-
Ittem, en atención de haverse capitulado para el referido templo y su nueva construcción con toda livertad, reflexión y circunstan- /190r./ cias necesarias para su hermosura, firmeza y perfección, es condición que los maestros que huvieren de entender en la execución perfecta y rigurosa de esta capitulación no han de pedir ni pretender -en juicio ni fuera de él- alguna ventaxa por razón y con pretexto de mexoras, ni otro título y causa qualfuere, si tan solamente la cantidad en que ha sido rematada la dicha obra, en la forma, especies y plazos que quedan asentados y capitulados arriva.

29. Muerte de maestros.-
Ittem, es pacto que si llegare el caso de morir alguno de los maestros antes de concluir la obra, que el heredero de el que muriere tenga acción de proponer maestro a la junta; y hallándose en éste las calidades necesarias, se deba admitir; y en caso que el heredero no lo executare, el maestro sobreviviente tenga la misma acción; y si no lo hizieren, que la junta lo pueda elexir a su satisfacción y perxuicio de los maestros; y si los dos murieren, en dicho caso, los herederos de ambos maestros deberán proponer maestro o maestros a satisfacción de la junta; y en su defecto, la junta los buscará como arriva se expresa.

30. Obligazión de fiadores.-
Ittem, por quanto los maestros por su pliego y postura prometieron afianzar la cantidad que ha de ser anualmente pagadera durante la construcción de la capitulada obra hasta su perfección, sobre que se ha ofrecido invencible dificultad para allanarse los fiadores a tan extensa promisión, deseando el adelantamiento de dicha obra, /190v./ los señores de la junta con los maestros y sus fiadores han asentado de una conformidad por pacto y condición que las fianzas que fueren presentadas por dichos maestros deban estar y estén obligados a satisfacer y ser responsables a todas las cantidades que los dichos maestros huvieren recivido de más de lo que importaren los travajos que huvieren hecho en dicha fábrica al tiempo de sus muertes respective, si alguno fallase durante la obra; como también serán responsables de qualquiera imperfección que hicieren en dicha fábrica contra lo capitulado según diseño y planta, durante las vidas de dichos maestros y no más respectivamente; deviendo proceder, primeramente, en qualquiere de los sobredichos casos, contra las personas y bienes de los maestros y de cada uno de ellos; y sólo subsidiariamente ha de ser el recurso contra los dichos fiadores, sus bienes y herederos, hecha escursación contra los maestros y los suyos.Y por quanto por uno de los capítulos de la preinserta capitulación, nosotros -dichos otorgantes- somos obligados a dar fianzas suficientes para la execución de dicha fábrica y de los caudales que entraren en nuestro poder de ella; por tanto, cumpliendo con el contenido de la dicha capitulación a que estamos obligados nosotros -dichos maestros otorgantes- presentamos por fianzas, para que cumpliremos con el contenido de la dicha y preinserta capitulación y execución de la dicha obra y fábrica /180v./ de la dicha colegial iglesia, en el tiempo, por el precio y con las condiciones en que fue rematada a nuestro favor, como dicho es, a saver es: yo, el dicho Silbestre Colás, por lo que a mi parte toca, a Francisco Colás -mi hijo, vecino de la dicha villa de Escatrón-, a Gerónimo Antolín, Miguel Sancho -albañil-, Vicente Gabás, Gerónimo Alegría, Joachín Cólera de Blas y a Josephn Bleda, vecinos de esta dicha ciudad de Alcañiz; e yo, el dicho Miguel de Aguas, presento en fianza por mi parte a Gregorio Melero, vecino de la villa de Alcorisa. Presentes todos los sobredichos fianzas y maestros, Silbestre Colás y Miguel de Aguas, que respectivamente se obligaron, a favor de los señores que de presente son y por tiempo fueren de la junta de fábrica de la dicha colegial iglesia de esta dicha ciudad de Alcañiz, a executar; y que dichos maestros, Colás y Aguas executarán la obra y fábrica de la dicha colegial iglesia en el tiempo, por el precio de las treinta y quatro mil libras jaquesas en que fue rematada; y que cumplirán con los pactos, obligaciones y condiciones que se expresan en la capitulación de parte de arriva inserta. Y a que dichos maestros, respective, restituirán, en su caso, las cantidades que cada uno de ellos hubiere tomado de más de lo que importare la porción de la fábrica que tubieren construida. A lo qual tener, observar y cumplir obligaron dichos maestros y sus fiadores, respective, sus personas y todos sus bienes, así muebles como sitios etc., de los cuales, los muebles etc., y los sitios etc., y quisieron, respective, que esta obligación sea espe-/191r./ cial y surta etc., y por falta de adimplemento a lo que son obligados dichos maestros y sus fiadores, respective, reconocieron y confesaron tener y poseher dichos bienes por aquéllos y cada uno de parte de arriba especialmente obligados, havidos por nombrados, calendados y confrontados, nomine precario y de constituto, por dichos señores de la junta de fábrica que de presente son y por tiempo fueren de dicha iglesia y sus havientes drecho etc., con claúsulas de aprehensión, imbentario, execución, emparamento y sequestro etc., y a pagar las costas y daños etc.. Para cuyo fin, los dichos Silbestre Colás y Miguel de Aguas y sus respectivos fiadores renunciaron a sus propios juezes ordinarios y locales etc., y se jusmetieron respective a qualquier otra jurisdicción; y quisieron, respectivamente, que pueda ser variado juicio siempre que combenga, no obstante qualquier fuero, ley /191v./ o drecho que lo contrario disponga etc., fiat large.Testes, Bernardo Comas y Valero Destre, vecinos de la ciudad de Alcañiz.Yo, Silvestre Colás, otorgo lo sobredicho. (autógrafo)
Yo, Miguel de Aguas, otorgo lo sobredicho.(autógrafo)
Yo, Francisco Colás, otorgo lo sobredicho. (autógrafo)
Yo, Gregorio Melero, otorgo lo sobredicho. (autógrafo)
Yo, Gerónimo Antolín, otorgo lo sobredicho. (autógrafo)
Yo, Miguel Sancho, otorgo lo sobredicho. (autógrafo)
Yo, Juachín Cólera de Blas, otorgo lo sobredicho. (autógrafo)
Yo, Joseph Bleda, otorgo lo sobredicho. (autógrafo)
Yo, Bernardo Comas, soi testigo de lo sobredicho y firmo por Gerónimo Alegría, otorgante, que dixo que por estar impedido de la mano no podía firmar, y por Vicente Gabás, tanbién otorgante, y Balero Destre, mi contestigo, que digeron no sabían escribir. (autógrafo)
2. Ceremonia de colocación de la primera piedra en el nuevo templo colegial de Alcañiz.

1736, mayo, 20 – ALCAÑIZ

Acto público de asentamiento de la primera piedra de la iglesia colegial de Alcañiz.

A.H.P.A. (Archivo Histórico de Protocolos de Alcañiz), Pablo Alberto Suñer, sign. 135, ff. 61r.-64v.
Documento transcrito parcialmente en GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, Vicente, Noticias histórico artísticas de Alcañiz. Siglos XVII y XVIII, Alcañiz, Centro de Estudios Bajoaragoneses, 1994, pp. 103-104. Publicado íntegramente en THOMSON LLISTERRI, Teresa, Las Artes en el Bajo Aragón en la primera mitad del siglo XVIII. Estudio Documental, Alcañiz, Centro de Estudios Bajoaragoneses, 1998,  pp. 339-346 (doc. 35).

/61r./(Al margen: Acto público y asiento de la primera piedra del nuevo templo de la iglesia colegial de Alcañiz)

In Dei Nomine Amen, sea a todos manifiesto que en el año contado del nacimiento de Nuestro Señor Jesuchristo de mil setecientos treinta y seis, a veinte días del mes de mayo, domingo, primero día de la festividad de Pentecostés, governando la santa yglesia cathólica nuestro santíssimo padre Clemente XII en el año séptimo de su pontificado, reynando en la monarquía de España nuestro cathólico rey don Phelipe quinto en el año treinta y seis de su reynado, siendo digníssimo arzobispo de Zaragoza el ilustríssimo señor don Thomás de Agüero, siendo deán y canónigos de la ynsigne yglesia colegial de Santa María la Mayor de la ciudad de Alcañiz del presente reyno de Aragón los señores doctores don Joseph Thomás y Fuertes -deán-, don Franco Escuín, don Mathías Joseph Siesso, don Joseph Cebrián, don Félix Monreal, don Anttonio Bélez, don Francisco de Pedro, don Joseph Balaguer -doctor-, don Joseph Lucas Peralta -fundador y primer canónigo penitenciario-, don Francisco Montañés, don Joseph la Costa, don Joseph Falbre y don Thomás Zapater -canónigos- y siendo correxidor y regidores de la misma ciudad de Alcañiz los señores don Juan Quadrado Xarava -correxidor-, don Joachín de la Torre, don Joseph Ardid, don Anttonio Bélez, don Juan Zelma, don Pedro Estrada, don Anttonio Bodón, don Juan de Santapau, don Anttonio Serra, don Francisco Tamarit, don Juan Joseph de Ayerve, don Pedro Joachín de Pedro y don Jacinto Pastor y Añón -regidores en la dicha ciudad de Alcañiz-; y dentro de la dicha ynsigne yglesia colegial de Santa María la Mayor de ella, en su sala capitular, que está sobre la /61v./ sacristía de la capilla del Santíssimo Crucifixo y de la Virgen Santíssima de la Soledad de dicha yglesia, ante mí, Pablo Alberto Suñer, escribano de su magestad del número y ayuntamiento de dicha ciudad, presentes los testigos ynfrascriptos, parecieron personalmente los señores don Mathías Joseph Siesso, canónigo de dicha colegial yglesia, y don Francisco Thamarit, regidor perpetuo de la misma ciudad, y dijeron:

Que por el muy ilustre cavildo de los señores deán y canónigos de dicha yglesia, y por el muy ilustre ayuntamiento de los señores correxidores y regidores de la susodicha ciudad se hallan nombrados en comisarios y diputados para la disposición y dirección de la función que el presente día de hoy se ha de executar en el assiento de la primera piedra para la fábrica del nuevo templo que se ha de construir de esta ynsigne yglesia colegial, como consta y resulta de los acuerdos y resoluciones de ambos sus respectivos cavildos a que se refirieron. Que para dar principio a su comisión, havían hecho labrar una piedra en figura quadrada -la qual tenían sobre una mesa-, y excavado el centro de ella por la parte superior, a fin de colocar en él la ynscripción, retratos y monedas de que abajo se hará mención; y para su mejor conservación, tenían prevenido un vaso de vidrio hecho a modo de cañón, capaz de contener lo referido. Y haviendo hecho ostensión de todo, me requirieron dichos señores comisarios pusiera en el expresado vidrio o vaso las monedas, retratos e ynscripción que en sus manos tenían; y con efecto por mí, dicho notario, presentes los testigos ynfrascriptos, en presencia de los señores comisarios y de otras personas que concurrieron en esta ocasión en dicha sala capitular, se pusieron en el mencionado vaso o vidrio dichas monedas, ynscripción, /62r./ y retratos por el modo y orden siguiente:

Primeramente, un escudo de oro con cordoncillo al canto. En la una parte, el retrato del rey; y por orla, PHILIPUS V. DEI GRATIA HISPANIARUM ET INDIARUM REX. 1730. En el reverso, el escudo real de armas de España; y por orla, INITIUM SAPIENTIE TIMOR DOMINI. De valor de veinte reales de plata.

Un medio escudo de plata. Con las armas de España, por un lado; y en la orla, PHILIPUS V. DEI GRATIA HISPANIARUM ET INDIARUM REX. En el reverso, dos columnas coronadas -en la una, PLUS, en la otra, ULTRA-, en medio una corona que ciñe dos glovos; y por orla, UTRAQUE UNUM. 1732. Con cordoncillo al canto.

Un real doble de plata. En la una parte, el escudo real; y por orla, PHILIPUS V. DEI GRARIA HISPANIARUM REX. En el reverso, una «V» en medio de duplicadas palmas que forman una hermosa cifra; y por orla, DEXTERA DOMINI EXALTAVIT ME. 1708.

Un quarto de cobre. Con las armas reales; por orla, PHILIPUS V. DEI GRATIA HISPANIARUM REX. En el reverso, un león coronado y con cetro en la mano y en la otra una espada que abraza dos globos; y por orla, UTRUMQUE VIRTUTE PROTEGO. 1720.

Un ochavo del mismo metal y con la misma empresa e ynscripción.

Differentes dinerillos jaqueses antiguos, y otros fabricados al principio de este siglo.

Un julio. Por un lado, las armas del Papa Clemente XII. Por el reverso, el MOTE UT VOBIS QUI SATURATI ESTIS.

Colocadas las referidas monedas se puso también en dicho vidrio o vaso la ynscripción lapidal que estaba escrita en la frente de todo un pliego de papel, incorporados a él los retratos de Nuestro Santíssimo padre Clemente XII y de Nuestro Cathólico Monarca don Fhelipe V, rey de España. Cuya ynscripción a la letra es del thenor siguiente:

D. O. M.
Sanctissimaeque eius Genitrici Virgini Maria, in eius ineffabilis Assumptionis Mysterio, Generationem Christi, et Maria Assumptionem, quis enarrabit.
Tutelari, ac titulari
Ergavica
universsa civium suorum , flagrans pietas, et amor, charitatis spatia dilatando,
D.D.D.D.
Hoc Templum
(antiquato antiquo, uti temporum edacitata, aevi corrosione, et squalore, confecto, attrito, comminuto,)
Tamquam novam Hyerusalem,
ex vetustatis tenebris erumpens fulgentius, ex insuficientia angustiis, renascens augustius,
D.O.C.
Dilectio, itaque, Decoris Domus Domini, sicut scintilla in arundineto discurrens, sic exarssit, patritiorum corda, sic accendis, ut humiliter adimma depressa, haccine petra, consepulta, spe resurgant ad fastiguim, ad cacunem exigantur; necnon litteris exarata, hac pelle tamquam infornace, optent conflari in unum cor, ad vegetacionem huius lapidis, ut sit vivus, primus vivens, ultimus moriens, haud moriturus, nissi saeculo, per ignem, ut tanto fervore concepto, omnes simul, in unum, Dives, et Zauper, non parcentes auro, nec labori, in pietate, inveniantur stabiles, et in opere etticaces.
Sacro Pentecostes percurrente festo (legis scripta omega, alfa, vero, gratiae,
QUO
Spiritus Sanctus
ignis vivrante lumine, illapsus est Apostolis, qui interipsa mundi primordia, super aquas erebatur, in Maria congragandas, MARIAM Virginem, suam coelestem sponsam, inter ipsa reparationis exordia in Nazareth supervit, Templum Domino preparandam, denuo in Jerusalem superveniens Apostolorum, et ecclesiae Reginam , et Magistram, nova gratiae diffusione consecravit.
Non cassu, non hominis nutu, se huminis accipienda, tanti mysterri, incidens occassio, ut pro instauranda nova hac Basilica, in honorem sponsa, sponsus ad sit, primariis lapidis locationi, qui utrique eius primordio, et symolico, et vero, pervigit adfuit; qua propter, profusis gaudiis totus populus exultabundus concinit: Digitus Dei est hic, opus excelsi, et precabundus expectat, ut discussa drundinea debilitate, induatur quilibet fortitudine ex alto, et per charisma tum dona, fiat misticus jaspis, solidus per fidem viridans per spem, rubens per charitatem, omnicolor caeterarum virtutum domiciliis, ut templi huius saltim, misticum fundamentum primum, jaspis.
igitur
Die XX Mensis Maii,
+ Quo (iuxta probabiliorem opinionem, ipsia Ecclesiae Petra Petrus, primum Baptisma ministravit, et Missa Sacrificium obtulit) praefatae solemnitatis, die Dominica, Anno a Virgineo Zartu
M.DCC.XXXVI.
Primus hic Lapis
in fundamentum, benedictus, venit, in nomine Domini, expectante populo, inbilante in voce exultationis, plaudente manibus, immo, et oculis praeluden tibus, ac prae gaudio lachrimantibus, invidente piae sarcinae Pontificatem vectationem, a cuente ad munera manum, ad honera humerum, arimumque ad omnia.
Ecclesiam universalem gubernante SS. D.N.P. Clemente XII. Pont. Max.
CaesarAugustanam gerente
Ilmo. D.D. Toma de Aguero.
olim gadensi, et hispalensi canonico, dein episcopo Zeutae, nunc apud nos, Metropolitano Antistite sub
Philippo V.
Hispaniarum, et orbis Rege Catholico.
Utriusque senatus duodeni,
Canonicum huius ecclesia Decano D. Joseph Thomas, et Fuertes, in Oscenssi Academia Doctor Theologo liberalitate, in eam, interomnes principe, magnificentiam illius, prae aliis ennarrabit ecclesia, sanctorum, in plenitudine, sacrae familiae.
Rectorum huis civitatis. Pretore D. Joanne Quadrado et Xaraba, in moderanda Republica strenuo Administro; non dormiente, nec dormitante, in custodiendo civitatem, et Populum sibi comissu.
Fabrica molienda
Delineator. Dominicus Yarza, Caesar Augustanus, iberus, vitruvius.
Factores. Silvester Colás, et Michael de Aguas.
Per conductionem operis. Pretio. 34.0000 L: jacens.
Inbanum laborantes, qui adificanteam, nissi Dominus, aedificaverit, quem suppliciter exoramus, in fine, sine fine dicentes:
R.S.S.I.I.S.D.H.G.I.S.S.A.
ex D. Paulo, ad timor

Puestas en dicho vaso o vidrio las monedas, ynscripción y retratos referidos, y cerrado en la forma conveniente, se colocó aquél en el hueco o /62v./ excavación que para este fin se havía avierto en el centro de dicha piedra; y luego, en presencia de dichos señores comisarios, de mí -dicho nottario- y testigos se cubrió y cerró dicho hueco con otra piedra correspondiente a su espacio; y sus juntas se aseguraron con un vetún muy fuerte que se disolvió por ellas con la eficacia del fuego, que se le aplicó para su mayor estabilidad y firmeza.

De todo lo qual me requirieron dichos señores comisarios hiciese acto público. Y después de hecho lo sobredicho en la dicha ciudad de Alcañiz, los dichos días, mes y año, como a las quatro horas de la tarde, y al haviso de los sonoros ecos de las campanas, concurrieron en dicha ynsigne yglesia colegial de Santa María la Mayor de dicha ciudad sus dos ilustres cavildos, eclesiástico y secular, con todo el clero de dicha yglesia y las quatro comunidades de religiosos de Santo Domingo de Guzmán, San Francisco de Assís, Nuestra Señora del Carmen de la regular observancia y Capuchinos de dicha ciudad, con numeroso concurso del pueblo y de otros convezinos que desearon ver función tan solemne. Convocados en la forma dicha y dada noticia de ser hora competente al ilustríssimo señor don Thomás de Agüero, por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apposthólica arzobispo de Zaragoza del consejo de su magestad etc., que se hallaba hospedado en las casas de don Juan Joseph de Ayerve, señor de Canduero y regidor perpetuo de esta ciudad, y havía venido a ella desde la villa de Albalate, en que se hallaba, a suplicación de ambos /63r./ cavildos que solicitaron su personal assistencia mediante sus síndicos o diputados que a este fin le embiaron a la mencionada villa, pasó su ilustríssima a la yglesia colegial con el más lucido acompañamiento; y luego se dio principio a la función, saliendo procesionalmente de dicha ynsigne yglesia y precediendo las quatro referidas religiosas comunidades, se seguía el clero y dicho ilustre cavildo ecclesiástico, todos con capas blancas, y en medio del terno iba su ilustríssima vestido de pontificial, assistido de su crucero y de toda su familia, e immediatamente el ilustre ayuntamiento con sus maceros, y detrás todo el resto del pueblo. Comenzada la función con las deprecaciones acostumbradas, se dio buelta por los fundamentos, por estar ya abiertos y excabados los que corresponden a las paredes exteriores del templo, bendiciéndolos su ilustríssima como los vendijo con singular ternura. Y llegando al sittio destinado para el assiento de la primera piedra -que ya estaba allí prevenida y es la misma de que arriva se ha hecho mención y contiene la ynscripción, retratos y monedas ya narradas de que yo dicho nottario doy fee-, tomaron dicha piedra dos capitulares de dichos respectivos cavildos, que fueron los dichos señores comisarios de suso nombrados, y sostenida por éstos la colocó su ilustríssima en el lugar señalado, hechando sobre ella por su propia mano con la paleta, que se le sirvió con la posible decencia, la cal necesaria para verificación de su assiento; el qual se hizo devajo del machón superior de el crucero de dicho nuevo templo, que corresponderá en él a la parte llamada de la epístola. Concluido en la forma dicha el assiento de dicha primera piedra, con las demás ceremonias y deprecaciones que dispone el ritual romano, pidió licencia a su ilustríssima el dicho señor don Mathías Joseph Sieso, canónigo y comisario sobredicho, en compañía de dicho señor don Francisco Thamarit, y con la mayor discreción y brebedad supplicó a su ilustríssima fuera servicio de dar su permiso y beneplácito que para gloriosa memoria de esta ciudad y de su nuevo templo se hiciese acto público de la dignación de su ilustríssima en la concurrencia y assiento de su primera piedra y de lo demás acaecido en esta solemne función. Y haviendo su ilustríssima benignamente assentido a la súplica, me hizo dicho señor comisario el requirimiento correspondiente, presentes los /63v./ testigos ynfrascriptos. Concluido dicho requirimiento entonó su ilustríssima el Te Deum laudamus y volviéndose a formar la procesión por el orden ya dicho fue y bajó a la plaza mayor, dando buelta por toda ella, pasando por delante de un sumptuoso altar que se havía formado delante las puertas de las casas del Ayuntamiento, en que estaba colocada bajo un precioso dosel la ymagen de plata de la Virgen Santíssima de la Asumptión, como patrona y titular de esta ciudad y su yglesia, y a quien se consagra el nuevo delineado templo. Se volvió procesionalmente a dicha ynsigne yglesia, en donde se concluyó la función. Y volviéndose su ilustríssima a su posada, acompañado de ambos cavildos, clero y comunidades religiosas, llegaron aquéllos hasta su mismo quarto, y haviéndose despedido el ilustre cavildo ecclesiástico, entró el ilustre ayuntamiento, y tomados assientos, manifestaron los señores correxidor y regidor decano el agradecimiento con que esta ciudad quedaba a la honra que su ilustríssima se havía dignado dispensar, ilustrando con su personal assisten-cia el assiento y función de la primera piedra. A que correspondió su ilustríssima con especiales expresiones; y saliendo hasta la puerta de su quarto acompañando al ayuntamiento, se volvió éste a las casas de la ciudad, con que se dio fin a la expresada función y assiento de la primera piedra.

De los quales cosas me requirieron dichos señores comisarios testificase acto público etc. Y después de todo lo sobredicho, en la dicha ciudad, los dichos día, mes y año arriva mencionados y calendados, ante mí -dicho nottario- y testigos pareció el doctor don Francisco Montañés -abogado de los reales consejos y excatedrático en leyes de la universidad de Huesca ,natural y vecino de esta ciudad de Alcañiz- y dixo que en la mejor forma que podía y devía me requiría que al fin del acto público de la colocación de la primera piedra -que el presente día de hoy se havía executado para la construcción de el nuevo templo de esta ynsigne yglesia colegial- insiriese y pusiese una advertencia y notación que tenía en sus manos, escrita en papel común, con el motivo de que la ynscripción lapidal se havía escrito y dirigido para el día veinteidós de mayo de este año, destinado para la colocación de la primera piedra, en cuyo día se expresa en dicha ynscripción, que según la más provable opinión havía celebrado el apóstol San Pedro la primera misa con las demás circustancias que en /64r./ aquélla se refieren. Y haviéndose anticipado dicha colocación de la primera piedra al presente día de hoy, veinte de mayo y primero de la festividad de Pentecostés, por la feliz concurrencia de el ilustríssimo señor don Thomás de Agüero, arzobispo de Zaragoza, y no poderse ya corregir la ynscripción por estar sepultada, convenía se subscriviese dicha notación y advertencia que dio y entregó en manos de mí, dicho nottario, y es del thenor siguiente:

Lapidalis inscriptionis auctor optat notum fieri praenotandum sequens; quod illa verva hoc + asterisco notata; iuxta probabiliorem opinionem etc., quibus innuitur sententia tenens; Christi Domini mortem accidisse sub die XXV. Martii anno ab eius nativitate XXXIV, ab incarnatione incipiente XXXV, complevisse, consequenter XV Maii dies Pentecostes quo visibilis facta est mirabilis missio Spiritus Sancti qua ipso in die Sanctus Petrus, Ecclesiae Zefas, primum sermonem fecit et per infra octavos simul cum apostolis predicationem prosequens, conversorum multitudini eruditae et cataritatae baptissimum ministravit et missam primam celebravit die octavo qui fuit XXII eiusdem et dominica meriti ab Ecclesia festo Smae. Trinitatis consecrata, conscripta fore pro exortatione predictae diei vigessimae secundae Maii incidentis in feriaem tertiam Pentecostes currentis anni MDCCXXXVI destinatam pro colocatione primi lapidis. Quae, postmodum anticipata ad diem primum solemnitatis felitiori consilio et aura prosperi accesus domini antistitis metropolitani D.Thomae de Aguero, qui, letante populo, colocavit, ab antiquario iam primum exarata; taliter, inscio autore remanserunt, quae /64v./ si ad trutinam crisimque revocentur, nec ad diem XX Maii, nec ad primum Pentecostes incidisse quae verbis illis memorantur, invenietur. Quare haec ad calcem copia authentica adnotare iubet cum, originalem castigare iam sepultam, possibile non sit.

Y assí dada y entregada la preinserta nota por el dicho doctor don Francisco Montañés en manos de mí, dicho nottario, me requirió la insiriese en fin del mencionado acto; y que de todo hiciese acto público etc., ex quibus etc., fiat large etc.

Testigos, mosén Diego Griñón, presbítero, sacristán mayor de dicha ynsigne yglesia colegial, y a Joseph Rafael Millán, domiciliados en la dicha ciudad de Alcañiz.

Pablo Alberto Suñer (firma)

3. Traslado de madera desde Villarluengo para la construcción de la iglesia colegial de Alcañiz.

1753, diciembre, 31 – ALCAÑIZ

Miguel Sanz de Pedro, José Deler, Francisco Jordán, Alejandro Balaguer y Miguel Montero, todos ellos vecinos de Calanda, se obligan a cortar y trasladar desde Villarluengo 200 pinos para la fábrica de la iglesia colegial de Alcañiz.

A.H.P.A. (Archivo Histórico de Protocolos de Alcañiz), Pablo Alberto Suñer, sign.155, ff. 4r.-5r.
Documento publicado en THOMSON LLISTERRI, Teresa, Las Artes en el Bajo Aragón en la segunda mitad del siglo XVIII. Estudio documental, Alcañiz, Centro de Estudios Bajoaragoneses y Ayuntamiento de Alcañiz, 2002, pp. 219-220 (doc. 7).

/4r./ (Al margen: Obligación)

Die trigessimo primo, mensis Dezembrii, anno Domini millessimo setimgentessimo quinquagessimo tertio. Alcagnitii.

Eodem die, que nosotros, Miguel Sanz de Pedro, Joseph Deler, Francisco Jordán, Alexandro Balaguer y Miguel Montero, vecinos de la villa de Calanda y al pressente hallados en la ciudad de Alcañiz, todos juntamente y cada uno de nos de por sí y por el todo, de grado y de nuestras ciertas ciencias, prometemos y nos obligamos a cortar para la fábrica del nuebo templo de la ynsigne yglesia colegial de Santa María la Mayor de esta dicha ciudad de Alcañiz, en el pinar de la villa de Villarluengo, en el creciente de la luna del mes de enero próximo, doscientos pinos para sacar de ellos doscientos trallos de a catorce palmos de largo, que tengan palmo y medio de frente por la parte delgada, y sacar también doscientos maderos que tengan de frente un geme por la misma parte delgada. Y han de ser y tener de largo, es a saber, los sesenta maderos, de a treinta y quatro palmos cada uno, y los demás, de veinte y seis a veinte y ocho palmos. Cuya madera prometemos y nos obligamos conducir a nuestro riesgo y expensas por el río Guadalope, hasta el pontarón llamado del portal de San Jayme de esta dicha ciudad, por el río Alto, y darlos puestos fuera de el agua. Y esto por todo el mes de abril primero viniente del presente año de mil settecientos cinquenta y tres. Y por cada un trallo y por cada un madero de veinte y seis a veinte y ocho palmos, nos ha de pagar y satisfacer la junta de fábrica de dicha ynsigne yglesia a razón de siete sueldos jaqueses por cada uno. Y por cada un madero de treinta y quatro palmos de largo, nos ha de pagar a razón de ocho /4v./ sueldos jaqueses y ocho dineros por cada uno.

Y será de cuenta de la junta de fábrica pagar al Ayuntamiento de la villa de Villarluengo el drecho del corte, que es un sueldo por cada pie o lo que fuere.

Y de la nuestra, exporgar y limpiar aquellos pies o pinos que tuviéremos obligación, según la real pragmática de su Magestad.

Y dicha junta de fábrica deverá sacar del cavallero corregidor de esta ciudad la licencia necesaria para conducir y vajar dicha madera por el río Guadalope. Y que no se nos ponga embarazo ni empedimento alguno. Deviendo nosotros, dichos otorgantes, satisfacer y pagar qualesquiere daños que se ocasionaren con motivo de la expresada conducción.

Y al cumplimiento y observancia de todo lo sobredicho -según y de la manera que de parte de arriba se contiene- obligamos nuestras personas y todos nuestros bienes y de cada uno de nos, assí muebles como sittios, dondequiere havidos y por haver. Los quales queremos aquí haver y havemos por nombrados y confrontados, y todos por especialmente obligados e hipotecados, devidamente y según fuero de este Reyno de Aragón.

Y que esta obligación sea especial y surta y tenga el efecto que según dicho fuero surtir y tener puede y debe.

Y reconocemos y confesamos tener y poser dichos bienes, nomine precario y de cons- /5r./ tituto, por la dicha junta de fábrica y sus havientes drecho de tal manera que la posesión civil y natural nuestra sea havida por suya, y con sóla esta escritura puedan ante qualquiere juez competente aprehender dichos bienes sittios, executar, ynventariar, emparar y secuestrar los muebles, y obtener sentencias en favor en qualesquiere procesos que intentarlos siguiendo las apelaciones y en virtud de dichas sentencias, poseher y ussufructuar dichos bienes hasta ser pagados de todo lo que por razón de ello se les deviere, con las costas y daños subseguidos.

Y renunciamos a nuestros propios jueces ordinarios y locales, y al juicio de aquéllos. Y nos jusmetemos a la jurisdicción y conocimiento de qualesquiere jueces y justicias de su Magestad, superiores e ynferiores, del presente Reyno y especialmente a la de los señores regente y oydores de la Real Audiencia de él, ante quienes por la dicha razón mas de mandar y convenir nos querrán, ante los quales y cada uno de dichos señores jueces prometemos y nos obligamos hacer entero cumplimiento de derecho y de justicia. Y queremos sea variado juicio etc., fiat large etc.

Testes: Agustín Zorrilla, mayor en días, y Rudesindo Zorrilla, havitantes en la dicha ciudad de Alcañiz.

Yo, Rudessindo Zorrilla, soy testigo de lo sobredicho y firmo por Miguel Sanz de Pedro, Joseph Deler, Francisco Jordán, Alejandro Balaguer y Miguel Montero, otorgantes, y Agustín Zorrilla, mayor, mi contestigo, que dijeron no savían escribir (autógrafo)

Suñer (firma)

4. Traslado del Santísimo y bendición de la iglesia colegial de Alcañiz.

1757, marzo, 15 ALCAÑIZ

Traslado del Santísimo a la nueva iglesia colegial de Alcañiz. Se rememoran todas las fechas clave de la construcción de esta obra y se describe la ceremonia de bendición del templo.

A.H.P.A. (Archivo Histórico de Protocolos de Alcañiz), Pablo Alberto Suñer, sign.363, ff. 169r.-173v.
Documento publicado en THOMSON LLISTERRI, Teresa, Las Artes en el Bajo Aragón en la segunda mitad del siglo XVIII. Estudio documental, Alcañiz, Centro de Estudios Bajoaragoneses y Ayuntamiento de Alcañiz, 2002, pp. 237-241 (doc. 11).

/169r./ (Al margen: Translación de el Santísimo a la nueba yglesia colegial)

Die decimo quinto, mensis Martii, anno Domini millesimo septimgentessimo quinquagessimo septimo. Alcagnitii.

Eodem die, ante mí, Pablo Alberto Suñer, notario público aposthólico, vecino de la dicha ciudad de Alcañiz y testigos abaxo nombrados, parecieron personalmente don Mathías Joseph Siesso, canónigo de la ynsigne yglesia colegial de Santa María la Mayor de dicha ciudad, y don Pedro Joachín de Pedro, regidor perpetuo de la misma ciudad, y ambos en ella domiciliados, como diputados que son de la junta de fábrica del nuebo templo de la ynsigne yglesia colegial de la pressente ciudad, nombrados por sus respectivos cavildos -eclesiástico y secular-. Y dixeron, que en el día veinte del mes de mayo del año mil setecientos treinta y seis, domingo, primero día de la festibidad de Pentecostés, se havía dado principio al construcción y fábrica del nuevo templo de dicha ynsigne colegial yglesia de nuestra dicha ciudad de Alcañiz -como constaba del acto público de asiento de su primera piedra que con expressión y nota de varias circunstancias que ocurrieron y de la inscripción que contenía en su centro la expresada primera piedra que se colocó, fue recibido y testificado por mí, dicho Pablo Alberto Suñer, notario público, apostólico, real y del número de dicha ciudad, y secretario de ambos cavildos a que se refirieron-.

Y que en el día diez y nuebe del mes de febrero más cerca pasado del corriente año de mil setecientos cinquenta y siete, se havía hecho con universal regocijo de esta ciudad y de todos sus ynidividuos la translación del Santíssimo Sacramento a la nueba yglesia colegial, si quiere a la parte y porción de ella que se halla fabricada, con la capacidad y decencia correpondiente.

Y que a fin de que en lo venidero conste de ello y de la /169v./ solemnidad con que se executó y celebró esta función, así en el día propio de dicha translación como en los succesibos días, veinte y veinte y uno y veinte y dos del mismo mes de febrero, en que se continuó lo festibo y plausible de ella ,en gustoso desahogo de los amantes, piadosos corazones de los moradores de dicha ciudad, que con tanto anhelo y continuada aplicación han concurrido y concurren incesantemente con su propio sudor y quantiosos caudales a la construcción y renobación de su nuebo templo, habían formado un papel en que se contenía todo lo respectibo a la mencionada translación y solemnidad, y otras noticias que en adelante podrán dar mucho gusto en saberse.

Que por tanto, como tales diputados, de su buen grado y ciertas ciencias, daban y entregaban, como con efecto dieron y entregaron, en poder y manos de mí, dicho e infrascripto notario apostólico, el mencionado papel de las noticias enunciadas, el qual originalmente es como se sigue:

(Al margen: Papel)
En el año de mil setecientos treinta y seis, quando se puso la primera piedra en la fábrica de la nueba yglesia de la presente ciudad, quedó acordado por ambos ilustres cabildos -eclesiástico de deán y canónigos, y secular de cavalleros correxidor y regidores- para continuar los divinos oficios en el mismo sitio, se partiese la obra nueba, quedando las dos capillas más capazes -la de la Parrochia y la del Santíssimo Christo- para celebrarlos. Y que se empezase la obra por la puerta entre oriente y /170r./ septentrión, hasta encontrar y ocupar interiormente el plan de la torre al mediodía en cuyo espacio caben dos nabes de treinta y seis palmos y la del cruzero de cinquenta y ocho palmos de latitud, dos capillas a cada lado de veinte y ocho palmos de fondo, el crucero de igualdad fondo a cada lado, y al norte una capilla de igual o mayor capacidad que la del Santo Christo -para Parrochia- y otras dos capillas, a los extremos de las dos nabes colaterales, con proporcionado fondo.

Con deseo que se lograse con mayor brebedad esta porción de yglesia, se ajustó por arriendo toda su fábrica (entre paréntesis: conforme al diseño y capitulación que hizo Domingo Yarza) con Miguel de Aguas y Silvestre Colás en trescientos y cinquenta escudos, en el tiempo de seis años. Esta escritura se hizo año de mil setecientos treinta y seis.

Y en el de mil setecientos treinta y ocho se rescindió el arriendo, por la poca o ninguna unión de los maestros. Y quedó esta fábrica en administración, por la junta compuesta de canónigos y cavalleros regidores, a la dirección de Miguel de Aguas con cien pesos anuos de gratificación.

Esta fábrica tubo desde su principio adjudicadas por el señor arzobispo las primicias de esta ciudad y cedidas por los conservadores, con aprobación del juez protector de la concordia la porción que podía caber a los censalistas. El pueblo de esta ciudad trabajó mucho de limosna en la excabación del terreno y la aperción de los fundamentos hasta la peña en todo el circuito y conducción de materiales, y algunas limosnas de particulares devotos y entre éstos deve hazerse especial memoria de el doctor don Joseph /170v./ Thomás y Fuertes, deán de esta colegial, que muchos años dio limosna, doscientas libras cada un año.

En el año de mil setecientos quareinta y nuebe murió Miguel de Aguas, director de esta obra. Y hallándose en esta ciudad fray Atanasio Aznar, religioso de la obediencia de la sagrada religión de observantes de San Francisco, arquitecto y mathemático, de singulares noticias y habilidad práctica (entre paréntesis: como lo demostraba la yglesia que concluya en su convento de esta ciudad) se le encargó la dirección de esta obra con igual gratificación para este convento, a disposición del reverendísimo padre provincial, cuya licencia suplicó la junta de fábrica. Y obtenida, se encargó, el dicho fray Atanasio, de dirigir la obra en el principio del año mil setecientos y cinquenta.

Para la disposición de los caudales de esta fábrica y demás providencias necesarias, desde el principio se dispuso una junta de ocho capitulares, quatro de cada cavildo -ecclesiástico y secular-. En algunas ocasiones se admitieron ciudadanos y labradores, según se juzgaba conveniente. Y en el año de mil setecientos cinquenta y seis pareció que la junta se compusiese de sólo ocho capitulares, como se instituyó al principio, y que asistiese al cuidado de los oficiales y peones un beneficiado a quien hazía presente el cavildo, empleándose en este cuidado cotidianamente. Y aquí debe hazerse honrrosa memoria del zelo y aplicación de mosén Joseph Sanante, que desde el principio hasta el año de mil setecientos y cinquenta asistió a la cantera, a la conducción de madera por el río y a la fábrica diaria y continuamente, con un tesón infatigable. La misma /171r./ memoria mereze mosén Martín Monrreal, que con especial afecto y devoción ha asistido en este empleo los dos últimos años, a cuyo fervor se ha devido la aplicación de los vecinos para que se concluyese esta porción de yglesia.

En el principio del año mil setecientos cinquenta y seis se empeñó la junta de fábrica en concluir la porción de la yglesia enpezada al fin de dicho año. Y aumentándose en todos el fervor se previnieron todos los materiales y oficiales respectibos y caudales. Y se buscaron y se hallaron hasta ochocientas libras jaquesas por enpréstito para el empeño, como se logró. Concluyéndose de valdosar la yglesia, día quatro de deciembre de dicho año. Y hasta el día diez y seis de febrero de mil setecientos cinquenta y siete se formó el coro, se colocó el órgano, se dispuso el altar mayor, y en las seis capillas se pusieron seis retablos y las seis sacristías con calages y recados para decir misa competentes. Y se determinó la translación del señor para el día diez y nuebe de febrero de dicho año, sábado, víspera de la dominica de quinquagessima.
El cavildo ecclesiástico informó al ilustríssimo señor don Francisco Ygnacio Añoa y Busto, arzobispo de Zaragoza, nuestro prelado, de la conclusión de la porción de yglesia. Y que sirbiese su ilustríssima conceder al doctor don Ramón Ferrer, deán de esta colegial, su licencia y facultad para vendicirla y trasladar a ella el Santíssimo Sacramento. Concedióla su ilustríssima, como consta por despacho dado en veinte y seis /171v./ de enero de mil setecientos cinquenta y siete, firmado por el licenciado don Ysidro Ysla, vicario general, y don Joseph Bernardo de Cartagena, secretario de cámara.

Dispuso la junta que la primera festividad del sábado diez y nuebe de febrero, fuese de cuenta de la junta de fábrica, con proccesión y sin sermón. La del domingo a veinte, de cuenta del ilustre cavildo ecclesiástico de deán y canónigos. La del lunes veinte y uno, del ilustre Ayuntamiento de cavalleros corregidor y regidores. Y la del martes veinte y dos, congregación de especiales devotos beneficiados de esta yglesia. Viernes diez y ocho de febrero, a las ocho de la noche, se tañeron a Pascua, anunciando al pueblo la festividad del sábado. En este día, a las ocho de la mañana, se empezó el oficio divino en la yglesia antigua y dichas prima y tercia dixo la missa del oficio por el hebdomadario el doctor don Miguel Temprado, canónigo penitenciario de esta yglesia. Y consagró la sagrada hostia, dexándola reserbada en el viril y sagrario para llebarla en processión y trasladarla al nuevo templo. Y dichas, en la misma yglesia, sexta y nona, habiendo conbidado el cavildo ecclesiástico al secular ilustre Ayuntamiento para que se sirbiese asistir a la plausible función de la vendición del templo, concurrió éste en toda ceremonia y acompañando todo el clero. Empezó el doctor don Ramón Ferrrer, deán de esta ynsigne yglesia, asistido de diácono y sub-/172r./diácono, con paramentos morados como previene el ritual, la vendición del templo por la parte exterior de la puerta oy principal, hasta la parte del norte que puede rodearse. Después entraron en la yglesia, diciendo las letanías y salmos dispuestos para esta función, rodeando la yglesia por la parte interior como exterior, entrando en capilla, aspergiendo con agua bendita todo en circuito, observando hasta la más mínima circunstancia que previene el ritual.

En tanto que se bendecía la yglesia, colocaron al Sanctíssimo Sacramento en la custodia y salió la processión general como el día del Corpus Christi de la yglesia antigua y entró en la nueba con todo el aplauso posible de instrumentos, órgano, campanas y tiernos afectos de los fervorosos corazones de todos los vecinos de esta ciudad y pueblos convecinos que concurrieron a esta solemne festividad.

Ynmediatamente comenzó la missa de sacramento con gloria y credo, con la mayor solemnidad, el deán de esta yglesia, buscáronse músicos de otras yglesias que con los que ésta tiene compusieron una capilla bastante numerosa y no inferior en destreza a la metropolitana. Compuso la música, para todas las funciones, don Raphael Anglés, presbítero maestro de capilla de esta yglesia, con la destreza y buen gusto que es notoria a todos los profesores de esta noble arte. Después de la missa, se cantó el Te Deum Laudamus. Por la tarde, /172v./ se cantaron vísperas solemnes, en que se emplearon dos horas.

Domingo, a veinte de febrero, fue la festividad de cuenta del deán y canónigos, cavildo de esta insigne yglesia. Se cantó la missa solemne votiba de Dedicatione Ecclesiae, con la misma solemnidad que el día antecedente predicó el reverendo padre presentado fray Jacinto Domingo, de la orden de predicadores, religioso exemplar, docto y muy celoso operario del bien de las almas. Había predicado las dos quarensmas antezedentes en esta yglesia,. Y su aplicación y fervoroso zelo influyó mucho para que los vecinos de esta ciudad concurriesen con limosnas y otros arbitrios para la conclusión de esta obra. Y empeñó al cavildo ecclesiástico para encargarle tercera quaresma. Y este sermón y todo lo desempeñó con acierto.

Lunes, a veinte y uno de dicho mes, fue la solemnidad de cuenta del ilustre Ayuntamiento. La música, distinta en cada uno de los días, pero igualmente de especial habilidad y gusto. Predicó el reverendo padre Cayetano de San Juan Bautista, rector del colegio de las Escuelas Pías en Zaragoza, sugeto de singulares prendas para la oratoria. Se manifestaron éstas en la quaresma que predicó en esta colegial, con aplauso, en corta edad. Después se han celebrado sus oraciones panegíricas en Madrid y Zaragoza, celebrándolas sugetos de especial nota. En este sermón se vio su ingenio y acierto en ajustar las circunstancias todas al asunto, sin omitir /173r./ alguna, su disposición en colocarlas con la mejor armonía y la buena pronunciación y acción más ajustada para lograr un aplauso universal.

Martes, veinte y dos del mismo, algunos celosos y piadosos ecclesiásticos de la congregación de beneficiados de esta yglesia celebraron con solemnidad uniforme la translación del Señor al nuebo templo. Predicó don Joseph Estrada, presbítero racionero y secretario del ilustríssimo cavildo metropolitano de Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza. Hijo de esta ciudad, siguió la carrera de los estudios mayores en aquella universidad y su aplicación e ingenio le hicieron alumno muy condecorado en los generales de Minerva, como lo han acreditado varios sermones de empeño en Zaragoza y otros púlpitos con aplauso y con igual en éste de su patria que fue maravilla de maravillas.
En este día se cantaron las vísperas al atril y después hubo siesta de una hora con cantadas y tocatas de instrumentos de mucho gusto. Al fin, se pasó claustro como de primera clase y se dio la vendición al pueblo con el San-/173v./tíssimo Sacramento. En todas las funciones se iluminó el altar mayor uniformemente, para evitar emulaciones. En las quatro noches hubo luminarias, danzes, cohetes de singular invención y algunos altares, especialmente en la calle Mayor, en el frente de casa de don Jayme Ram. Éste y sus vecinos hicieron un arco muy elevado y adornado con muy buen gusto.
Y así dado, librado y entregado el papel de suso inserto por los dichos canónigo don Mathías Joseph Siesso y don Pedro Joachín de Pedro, regidor, en poder y manos de mí, dicho e infrascripto notario apostólico, me instaron y requirieron aquéllos insiriese y trasladase en mi nota el referido papel. Y que de su entrega y liberación hiciesse y testificase acto público.

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