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LOS RESTOS DEL CASTILLO

ARTÍSTiCO Y MONUMENTAL

CRONOLOGÍA

Origen medieval

CRÉDITOS

TEXTO: Teresa Thomson, 2024. FOTOGRAFÍAS: Paco Climent, 2012. GEOLOCALIZACIÓN: Diego Romero.

Categoría:
Construcciones defensivas

Ruta:
Ruta de los castillos

Población:
CALANDA

Comarca:
Bajo Aragón

Los restos del antiguo castillo de Calanda se localizan en la zona más alta del conjunto urbano, junto al templo del Pilar. Un arco conecta precisamente esta iglesia con los muros de la fortaleza.

La mayor parte del gran conjunto defensivo se destruyó en 1838, en la primera guerra carlista. En la actualidad se conservan restos fragmentarios, entre ellos, un tramo de muralla, un aljibe, la antigua rampa de acceso con pavimento de cantos rodados, varios muros y zonas pavimentadas.

En los últimos años se ha actuado en este castillo y se han recuperado más estructuras, con el objetivo de impulsar su valor patrimonial y turístico.

Bien de Interés Cultural (BIC) por resolución del 17 de abril de 2006.

Notas históricas

  • Pascual Madoz, en su Diccionario (1845-1850), recuerda que en él habitó el administrador de la Encomienda de Calatrava y que «en este edificio existían grandes graneros y bodegas parala conservación de los frutos que formaban pingües rentas que antiguamente cobraba dicha encomienda». «Fue destruido en el año 1838».
  • En el Archivo Histórico Notarial de Alcañiz se conservan varios documentos muy interesantes relativos a este castillo. En algunos de ellos se detallan diversas obras que en el siglo XVII se propusieron para la mejora y consolidación del castillo, si quiere palacio, de Calanda. La lectura de estos documentos (varios de los cuales se incluyen en el apartado de DOCUMENTOS de esta ficha catalográfica) permite conocer alguna de las estancias y elementos de este castillo, como la ‘sala mayor’, la capilla dedicada a San María Magdalena, la cocina mayor, la puerta principal, la ‘subida del carro’ y el ‘granero de la muela’.

Enlaces de interés

  • Noticia de prensa: «Calanda rehabilita su castillo andalusí», lacomaca.net, 25 de septiembre de 2020. Disponible en: https://www.lacomarca.net/reportajes/castillo-calanda-rehabilitacion/ (Consulta: 31-VII-2024).
  • Noticia de prensa. NAVARRO, Marcos, «Calanda pone en valor su castillo para el turismo y actos culturales», Diario de Teruel, 14 de enero de 2022. Disponible en: https://www.diariodeteruel.es/bajoaragon/calanda-pone-en-valor-su-castillo-para-el-turismo-y-actos-culturales (Consulta: 31-VII-2024).

BIBLIOGRAFÍA

– ALLANEGUI Y LUSARRETA, Vicente, Apuntes históricos sobre la Historia de Calanda, Calanda / Teruel, Ayuntamiento de Calanda / Parroquia de la Esperanza / Instituto de Estudios Turolenses, 1998.
– BENAVENTE SERRANO, José Antonio, «Arqueología medieval en el Bajo Aragón: una visión de conjunto», en ORTEGA ORTEGA, Julián M.; ESCRICHE JAIME, Carmen. (ed.), I Jornadas de Arqueología Medieval en Aragón: Balances y novedades, Museo de Teruel, 2010, pp. 79-110.
– BENITO MARTÍN, Félix, Patrimonio histórico de Aragón. Inventario arquitectónico: Teruel, Zaragoza, Departamento de Cultura y Educación de la Diputación General de Aragón, 1991.
– GARCÍA MIRALLES, Manuel, Historia de Calanda, Valencia, 1969.
– GUITART APARICIO, Cristóbal, Castillos de Aragón, tomo 1, Zaragoza, Librería general, 1976.
– MADOZ, Pascual, Diccionario geográfico-estadístico-histórico de España y sus posesiones de ultramar, Madrid, 1845-1850.
– MÉNDEZ DE JUAN, José Félix, GALINDO PÉREZ, Silvia y LASHERAS RODRÍGUEZ, Javier, Aragón Patrimonio Cultural Restaurado. 1984-2009. Bienes inmuebles, Zaragoza, Gobierno de Aragón, 2010.
– VIDIELLA JASSÀ, Santiago, «Calanda y Foz-Calanda», en Boletín de Historia y Geografía del Bajo Aragón, Zaragoza, Tip. Mariano Escar, 1907-1909. Edición facsímil a cargo del Centro de Estudios Bajoaragoneses, 1982, tomo III, pp. 240-241.

IMÁGENES

1. Restos del castillo de Calanda, 2012.
2. Restos del castillo de Calanda, 2012.
3. Restos del castillo de Calanda, 2012.
4. Restos del castillo de Calanda, 2012.
5. Restos del castillo de Calanda, 2012.
6. Restos del castillo de Calanda, 2012.
7. Restos del castillo de Calanda, 2012.
8. Restos del castillo de Calanda, 2012.

LOCALIZACIÓN

DOCUMENTOS

Referencias al castillo de Calanda en el "Diccionario" de Pascual Madoz (1845-1850).

MADOZ, Pascual, Diccionario geográfico-estadístico-histórico de España y sus posesiones de ultramar, Madrid, 1845-1850, p. 83.

«[…] conservando las ruinas de un antiguo edificio llamado el Castillo, de mucha solidez y estensión, que fué destruido en el año 1838, y que antes habitaba el administrador de la encomienda de Calatrava, á cuya orden pasó esta villa después de la estincion de los Templarios; en este edificio existian grandes graneros y bodegas para la conservación de los frutos que formaban las pingües rentas que antiguamente cobraba dicha encomienda

[…] Pocos recuerdos han llegado hasta nosotros de lo que fue esta villa en las épocas de los godos y árabes, aunque de presumir es el importante papel que representara cuando fue elegida por caballeros de la encomienda mayor de Alcañiz en la órden de Calatrava, ejerciendo jurisdicción en los 11 pueblos que la constituian, inclusa en aquel número la espresada ciudad de Alcañiz, á cuyos alcalde y jurados tomaba la jura. De hechos mas conocidos por nosotros, fué teatro en épocas recientes…Conociendo el baron de Herves lo difícil que le era defender la plaza de Morella, con la gente que componia su guarnicion, de los ataques del gobernador de Tortosa, don Manuel Breton, la evacuó en la noche del 9 de diciembre de 1833, seguido de 1.200 hombres, con los cuales se encaminó á Calanda. Enterado de este paso el coronel Linares, jefe de una de las columnas nacionales que recorrian el pais, dispuso marchar en su persecución y atacarle, seguro de vencerlo a pesar de su inferioridad numérica. Se dirigió á Calanda, cortando de este modo la retirada á Herves, y le obligó á combatir. Principió la accion con el mayor ardor por una y otra parte, pero apoderadas las tropas de Linares de la ermita de Santa Bárbara, se dirigieron 200 hombres en columna cerrada á la entrada del pueblo sin que les contuvieran las descargas de los carlistas, que resistieron tenazmente por espacio de ¾ de hora antes de ceder el puesto á sus adversarios: abandonadas las defensas, se retiraron sin órden ni concierto, diseminados en pequeños grupos para evitar un segundo ataque: tuvo lugar esta accion al dia siguiente de haber evacuado Herves á Morella. Entre tanto la guerra civil estubo reducida en el bajo Aragon á pequeñas partidas. Calanda resistió heroicamente los ataques de los carlistas, harto frecuentes en verdad, porque les interesaba mucho hacerse con esta poblacion para que morasen en ellas mas cómodamente sus familias: pero cuando aquellas se convirtieron en gruesas divisiones, la villa no podia resistir, acogiéndose los comprometidos, su milicia nacional y la guarnicion, al fuerte ó castillo, desde el cual repelieron varias veces los pertinaces ataques de sus contrarios. Estos que ansiaban, como dicho se ha, la posesion de Calanda, volvieron á ella á mediados de abril de 1838, en crecido número y con 9 piezas de artillería. No sucumbieron sin resistir sus heroicos defensores, su bravura fue igual á la obstinación y medios de ataque de los sitiadores y se rindieron cuando ya era imposible la defensa de un monton de ruinas á que quedó reducido el castillo, quedando prisioneros de guerra una corta fuerza del provincial de Burgos y 70 ú 80 milicianos. Poco tiempo duró su costosa conquista á los carlistas, pues que habiendo dispuesto el general en gefe de los ejércitos reunidos, duque de la Victoria, en 29 de octubre de 1839, situarse en la línea de Calanda á Camarillas, el conde de Belascoain se adelantó con un escuadron y una compañía de tiradores de caballeria á reconocer el canton de Calanda, donde debia pernoctar; se apoderó de él y consiguió alcanzar la retaguardia carlista mandada por Bosque, causándola algunos muertos y 10 prisioneros».

Documento de fidelidad y vasallaje de los vecinos de Calanda a la esposa del comendador mayor de Aragón celebrado en el castillo de la villa.

1610, agosto, 13 – CALANDA

Acto público de fidelidad y vasallaje de los vecinos de Calanda a doña Victoria Pimentel, señora de las villas de Calanda y Foz, esposa del señor don Martín de Alagón, comendador mayor de Aragón. Ceremonia que se desarrolla en el interior del castillo de dicha villa.

A.H.P.A. (Archivo Histórico de Protocolos de Alcañiz), Pedro Joan Fraelo, sign. 979, ff. 97v.-99r.

/97v./ Eadem die et loco, dentro el castillo de dicha villa de Calanda, en la sala abaxa de aquél, ante la presencia de mí, Pedro Joan Fraelo, notario público, y testigos ynfrascriptos, comparesció la muy ylustre señora doña Vitoria Pimentel, señora de las villas de Calan-/98r./da y Foz, muger del muy ylustre señor don Martín de Alagón, gentilhombre de la cámara del rey nuestro señor, comendador mayor de Aragón y señor de dichas villas. La qual, teniendo ante su presençia a todos los vezinos y hauitadores christianos viejos de la dicha villa y entre ellos Joan Luis Germanel, justicia, Jayme Sos, notario, Joan de Ribera, Bartholomé Félez, Pedro Ciprés, Jayme Aguilar, Francisco Gualis? y otros, todos vezinos de dicha villa, asta el número de treynta personas, hauiéndolos hecho llamar para hazer y ottorgar lo infrascripto, les hizo un raçonamiento que en effecto contenía cómo dicho señor don Martín etc. la inbiaua a dicha villa para que en nombre de dicho señor y como muger de aquél, como basallos de sino serbicio y de señor absoluto le diessen y prestassen los omenajes de fidelidad /98v./ como a señor y señora plenaria y absoluta de dichas villas, reconociéndola y teniéndola por tal. Y en señal de dichos omenajes y reconocimiento de señorío y fedilidad como a señor y señora, le besasen la mano, rudillándose ante su señora, ofreziendo confessándola por tal, y que dixesen y declarasen sus ánimos si gustaban dello y si hera tal su ánimo y voluntad. Todos los quales unánimes y conformes, en nombre y voz de todo el pueblo, presentes, absentes y aduinideros, concegil y unibersalmente, respondieron que estaban prestos y aparejados para hazer dicho reconocimiento de vasalaje, omenaje y fedilidad, y en señal de aquél, hauiéndolo dicho claramente, de palabra en voz alta e yntelegible, lo mostraron con obras, pasando adelante cada uno, co-/99r./ mencando el Justiçia, y se rudillaron ante los pies de dicha señora doña Vitoria Pimentel, besándole como le besaron la mano drecha, estando a todo esto, desde el principio asta el fin, sentada en una silla y todos los demás en pie y descubiertos, asta que como dicho es, se arudillaron todos a prestarle obidençia. De las quales cossas etc., dicha señora doña Vitoria Pimentel me requirió hiçiesse acto público etc. Yo, dicho notario, hiçe y testifiqué el presente acto público /de relación etc. ex quibus etc.

Testes: Esteban Casasola y Bernardo de Maldonado, hauitantes en dicha villa de Calanda.

Documento de acto de fidelidad y vasallaje de las vecinas de Calanda a la esposa del comendador mayor de Aragón.

1610, agosto, 16 – CALANDA

Continuación del acto público de fidelidad y vasallaje de los vecinas de Calanda a doña Victoria Pimentel, señora de las villas de Calanda y Foz, esposa del señor don Martín de Alagón, comendador mayor de Aragón.

A.H.P.A. (Archivo Histórico de Protocolos de Alcañiz), Pedro Joan Fraelo, sign. 979, ff. 99v.-100r.

/99v./ Eadem die et loco, que ante la presencia /100r./ de mí, Pedro Joan Fraelo, notario, y testigos ynfrascriptos, allándonos a todo presentes, continuando los dichos actos de posesión, parecieron ante la presençia de dicha señora doña Vitoria Pimentel, y como señora de dicha villa de Calanda, las mugeres de los dichos vezinos de dicha villa de Calanda, le besaron la mano drecha en señal de fieles vasallas y reconociéndole por señora y dixendo que le prestaban fidelidad y omenaje como muger del señor don Martín de Al[a]gón, y señora de dicha villa, de las quales cossas la dicha señora doña Vitoria Pimentel me requirió por mí, dicho notario, serle hecho acto público etc., et yo, dicho notario, a conserbación del drecho etc., hiçe y testifiqué el presente acto público etc., fiat large etc.

Testes qui supra proxime nominatur

Documento de continuación del acto de fidelidad y vasallaje de los vecinos de Calanda a la esposa del comendador mayor de Aragón.

1610, agosto, 24 – CALANDA

Continuación del acto público de fidelidad y vasallaje de los vecinos de Calanda a doña Victoria Pimentel, señora de las villas de Calanda y Foz, esposa del señor don Martín de Alagón, comendador mayor de Aragón.

A.H.P.A. (Archivo Histórico de Protocolos de Alcañiz), Pedro Joan Fraelo, sign. 979, ff. 100v.-102r.

/100v./ Eadem die et loco, ante la presencia de mí, Pedro Joan Fraelo, notario, y testigos ynfrascriptos, hallándonos a todo presentes en los actos abaxo declaraderos, parecieron la mayor parte de los vezinos y hauitadores de dicha villa de Calanda, y entre ellos yban Joan Luis Germanel, justicia, Jayme Sos, procurador? morales, Bartholomé Félez, procurador? moreno, Martín de Jaca, Melchot de León, Domingo Secanella, Joan de Ribera y otros etc., los quales hauiendo sido llamados para hauer de acompañar al alcayde de dicha villa para fixar y asentar en las puertas de la dicha villa las ynsignias, armas y escudo, de dichos señores etc., y teniendo noticia y aviso dos días antes de lo que se hauía de hazer, y siendo público y notorio en dicha villa, todos los arriba nombrados uná-/101r./nimes y conformes llegaron al castillo con trenta hombres con sus alcabuçes para regocijar dicha fiesta y aprobar dicha fixión de armas y escudo. Los quales, puestos en orden, yendo delante los alcabuceros en dos hileras y después algunos dellos de a cauallo en forma de acompañamiento y en último lugar el alcayde de dicha villa, con el escudo de armas en la mano, en medio, y a la mano drecha, el justiçia de dicha villa, y a la otra mano, el doctor miçer Lombarte, domiçiliado en Ráfeles, a la otra mano. Y estaba a todo presente, en una ventana, dicha señora etc., le hicieron salba dichos alcabuçeros y continuaron el camino con mucha música de menestriles. Tomaron las espaldas del castillo y salieron a la calle Mayor y plaça, asta llegar al portal de dicha villa llamado el /101v-/ portal de Valençia. Y en dicho puesto, mandaron dichos alcayde y justiçia fixar y asentar sobre el dicho portal, en un tablado que para el caso está hecho, el escudo de armas de dichos señores etc. Y acabado de fixar, le hizieron salba, desparando los alcabuçeros, y haziendo cortesía a dicho escudo de armas. El alcayde, justiçia y los demás fueron pasando, hiziendo cortesía y quitándose los sombreros de las cabeças, y se bolbieron al castillo de dicha villa, y donde les estaba aguardando dicha señora etc., en la sala mayor de aquél. Y dicho justicia con los demás que yban en su compañía le dieron el parabién y gracias a dicha señora etc., hiciendo muestras de contento y rogando por sus largos días y de dichos señores, tolerando y apro-/102r./bando todo lo sobredicho, de las quales cossas se hizo acto público etc., fiat large etc., qui supra proxime nominatur.

Documento de las obras de reforma del castillo de Calanda, entre otros inmuebles de la Orden.

1656, noviembre, 5 – CALANDA

Acto público de los reparos efectuados en el castillo y mesón de Calanda, y casa de la Encomienda de Foz Calanda por Juan Gascón, albañil.

A.H.P.A. (Archivo Histórico de Protocolos de Alcañiz), Josef Peralta, sign. 641, ff. 241v.-242v.

/241v./ [Al margen: Acto público].

Eodem die et loco, ante la presencia del dicho y reberendo mosén Joseph Herrero, vicario perpetuo de la parroquial yglesia de la villa de Calanda; de Jacinto Pastor, justicia y juez ordinario; de Miguel Alcañiz y Gaspar Peralta, jurados, todos vezinos de dicha villa de Calanda, presentes, y Joseph Peralta, notario ynfrascripto, y testigos abajo nombrados, pareçió personalmente constituido Pedro Thomás de Cascajares y Blancas, mançebo, alcayde de dicha villa, el qual dixo y propasó tales y semejantes palabras, en efecto continenti sen quasi (¿), que él, como alcayde sobredicho y administrador y procurador de la Encomienda, hauía hecho unos reparos en el castillo y palaçio de dicha villa de Calanda y en el mesón de aquélla y en la casa de la Encomienda del lugar de Foz Calanda, los quales dichos reparos eran necesarios y forçosos de tal manera que si no se hubieren hecho, corrían /242r./ riesgo de venir a ruina dichos palacio, mesón y casa, para lo qual traía y de efecto traxo a Juan Gascón, albañil, hauitante en dicha villa, el qual hauía hecho dichos reparos, y ante todas cosas juró a Dios, en poder y manos de dicho señor justicia, de decir verdad en lo que se le preguntara, y en virtud de dicho juramento, dixo se hauían gastado en dichos reparos en algez, calçina y maderos y demás cosas necesarias, y en los officiales y peones, en todo gasto, mil dosçientos quareynta y quatro sueldos jaqueses, de haçer la yglesia o de reparar la capilla de la Madalena de dicho palacio, que todo menta mil seyscientos quareynta y quatro sueldos dineros jaqueses, que todo, diçe dicho albañil, ha pasado por su mano, y de todo ello otorga ápoca /242v./ de hauer reçibido lo que le toca. Y esto dice es verdad por dicho juramento por él prestado y hecha dicha relaçión por dicho Juan Gascón, albañil, dichos señores vicario, justicia y jurados arriba nombrados dixeron lo dauan por bien gastado, y que reconocían que de no haçerlo se siguía mucho daño y detrimento a dichos palaçio, mesón y casa arriba mençionadas, de las quales cosas arriba dichas y cada una de ellas a requisición de dicho señor alcayde, hiçe y testifiqué el presente acto público etc., fiat large, etc., ex quibus, etc.

Testes: Miguel de Mazparrota, ynfançón, notario real, hauitante en la ciudad de Çaragoça y allado en dicha villa de Calanda, y Juan Ramón Labrador, vezino de dicha villa de Calanda.

Documento de las nuevas obras de reforma del castillo de Calanda.

1673, junio, 25 – CALANDA

Capitulación para la reparación del castillo de la Encomienda de Calanda entre Miguel Sancho, albañil, y el concejo y universidad de la villa de Calanda.

A.H.P.A. (Archivo Histórico de Protocolos de Alcañiz, Joseph Peralta y Viota, sign. 639, ff. 90v.-99r.

/90v./ [Al margen: Capitulación con cédula]

Eodem die et loco, que ante la presencia de mí, Joseph Peralta y Viota, notario real e ynfrascripto, y testigos abaxo nombrados, conparecieron y fueron personalmente constituidos los señores Juan Herrero mayor en días y Juan Nabarro de mosen Juan, jurados de la villa de Calanda, en el año presente, en nombre y voz del concejo y unibersidad de la dicha villa de Calanda, de la una parte, et Miguel Sancho, albañil vezino de la ciudad de Alcañiz, de la otra parte. Las quales dichas partes y cada una de ellas de por sí, dixeron y propusieron que entre ellos hauía sido hecha, pactada y concordada una capitulación y concordia de las cossas contenidas en ella azerca de los reparos del castillo de la Encomienda de la dicha villa y del granero de la muela. La qual dieron y libraron en poder y manos de mí, dicho notario, escrita de mano agena y firmada de Miguel Cansado, albanil, vezino de la ciudad de Çaragoça. La qual dicha capitulación y su tenor es el siguiente:

/91r./ Capitulación para hazer los reparos del castillo de la Encomienda de Calanda y del granero de la muela, para su conseruación y sin lo qual no se puede conserbar como consta por los capítulos y condiciones siguientes:
Primeramente, comenzando por lo alto de los texados hazia la esquina de la puerta prinçipal a mano drecha entrando ay un pedazo de texado caido y son necesarios el maderarlo de la suerte que corre con sus maderos y vigetas y cañizos de caña entera. Y continuar el texado de la parte baxa, hechándole sus cerros, y clauar en el madero del tirante un madero sin otro por el puente, para que no puedan escurrir ni hazia la una parte ni a la otra, sacándoles el rafel neçesario.

/91v./ Más, al texado que caye el agua hazia la luna ay un pedazo caido, se aya de maderar lo preçiso y boluerlo a retexar con su varro, como lo demás corre en la tramada que caie hazia el quonegar se ha de quitar un tixera que está sin tirante, y sobre ella, poner otro puente, y prosiguiendo a la dicha porçión se ha de continuar retexando, poniendo sus çerros y rafel en lo caido y unos tabiques que ay de adouar caidos, boluerlos de ladrillo.
Más, se ha de derribar una tapia que está mouida en dicha porçión, poniéndole sus tirantes con su porçión de tixera para recibir los maderos de los texados, y se ha de reçibir la pared por baxo, hasta el reciuidor al que firme se ha de reciuir de medio ladrillo hasta el primer suelo.

Más, en dicha tirada ay un pedazo de texado /92r./ caido, hasta la coçina mayor, donde se han de echar cinco maderos al texado, junto a la chaminera, quitando los que están rotos y corriendo como corren los de demás. Y se han de deshazer dos tramos de vigetas para poner los maderos.

Más, sobre la porçión del texado que cae el agua al discubierto de la Madalena, que se a caido un pedazo de texado, se ha de boluer la madera neçesaria y retexando prosiguiendo como lo demás.

Más, se ha de retirar el texado que cae hazia la muela alta una tramada de cada porçión, enmaderando de pilar a pilar, para que corran las aguas hazia dicha muela. Y de ahí arriba se çierre de dos tabiques hasta el texado, dobles por las aguas y que la porçión de /92v./ la pared prinçipal, que se escabeza, se cubra como lo demás.

Más, hazia la esquina prinçipal de la subida del carro ay una porción de texado mal enmaderada, se descubra toda y se buelua hasta la otra porçión nueba y se enmadere como corre lo nuebo, con sus tirantes y tixeras. Y que los maderos que corren a la una porçión y a la otra se clauen arriba al puente con clauillotes para que detengan la pared. Y que se corra el rafel a la salida, como sale lo demás, curriendo sus cerros por dicho texado y que se hayan de quitar dos tabiques que en dicha porçión ay mal seguros.

Más, sobre los corredores, en el texado sobre /93r./ la puerta prinçipal, se han de mudar algunas vigetas que ay podridas y quitar toda la rona que ay en la falsa cubierta, y en toda la demás cassa, quede limpia. Y que se hayan de correr los texados de los corredores, retexándolos con sus çerros. Y si hubiere madera rota, la quiten y la bueluan a poner buena.

Más, sobre la cuçina mayor se han de echar unas bueltas como corren los de demás, con su madera necesarias y boluer a dadrezar la chaminera, como antes estaua, y boluer un pedazo de tabique en una escalera que allí ay como antes estaua.

Más, en el granero alto de los pilares se ha de poner sobreportales y reciuir sobre ellos el lienço de la pared y cerrar unas puer-/93v./tas que ay mal çerradas. Y siguiendo la quadra de hazia la sala mayor se han de echar tres bueltas enteras, junto a la pared, y otros pedazos de buelta caidos. Y se ha de echar un pedazo de suelo a la entrada de la puerta de los corredores.

Más, en la capilla de la Madalena, por la parte de la muela, se ha de subir un pedazo de pared y el rafel, y retexarla. Y echar sus çerros. Y subir unas paredes de un pedazo que ay caido hazia dicha capilla, que sale a la muela. Y rebozar la puerta que está a la entrada del discubierto de dicha capilla.

Más, en la caballeriza se ha de mudar /94r./ un puente que ay roto. Y los demás puentes se han de reçiuir de hiesso las bueltas. Y que en el aposentillo de a mano drecha, antes de subir la escalera prinçipal, se haya de enladrillar el suelo y reçiuir un pilar contra la esquina de la escalera.

Más, a la entrada de la puerta prinçipal del castillo, a mano drecha entrando, se ha de cortar la pared hasta ocho palmos de ancho. Y hauiendo buen fundamento, se ha de reçiuir de cal y piedra, tomando un pedazo de reciuo que ay dentro, hasta donde fuese neçesario.

Más, sobre la dicha puerta prinçipal que-/94v./de el gueco que ay de un pilar a otro, sobre dicha puerta, corriendo el valagostiado de las dos porçiones de esquadra. Y retexar el texado, hechándole su çerro, y quitar la porçión caida, y dexar la ventana habierta con su balagostiados, para que se comuniquen los ayres, y quitar las bueltas peligrosas de dicho corredor, y hazerlas nuebas las bueltas y suelo, y arriba, sobre dicho corredor, echar una buelta que ay caida y boluerla a haçer, conforme corren las otras.

Más, se ha de poner un madero con su llaue de hierro por lo interior y exterior clauada al dicho puente. Y que por la parte exterior seha la barra de tres palmos de carga y dos dedos de gruesa /95r./ en quadro, que le sirba de traua desde el solanar a la esquina inclusiue dentro la pared. Y tenga de carga la solera doze palmos.

Más, se ha de reparar y boluer un pedaço de barbaquana que se ha caido hazia la subida del connejar y otro pedazo de barbaquana que se a caido a la subida del carro, procurando atar la bieja con la nueba, retirándose en su planta de modo que la trayga a forma de poner detener dicho pedazo que se ba haziendo retiene sobre lo viejo, y que es dasca del mismo grueso que la vieja, reçiuiendo la pared vieja por su fundamento lo necesario. Y se ha de çerrar un portillo que ay en dicha barbaquana que están junto a la subida./95v./

Más, ay dos estriuos a la subida del carro que están sin fundamento, sehan de tres o quatro palmos. Y se reçiban en la misma forma que sigue lo demás, para su maçiço. Y en los estriuos que están en dicho castillo, hazia la muela alta, se hayan de reçiuir una bara de grueso y dos de largo entre los pilares.

Más, en la esquina baxa del granero de la muela se ha de reçiuir /96r./ desde su fundamento de bara y media de largo y una bara de cuerpo, que baya a reçiuir la esquina y maçiçarla.

Más, se ha de reçiuir en dicho granero desde su fundamento la pared de la puerta, corriendo de alto hasta la primera çinta de hiesso, labándola por la parte interior del granero. Y boluer el pilar hazerlo desde su fundamento hasta lo alto, en el mismo cuerpo que tiene la pared bieja. Y reçiuir la otra esquina arrimado a la puerta, dándole el mismo grueso que tiene la pared, y hauer si ay algún madero podrido, boluerlo y enladrillar el suelo de dicho granero porque está roto. Y hecha dicha obra se haya de reconozer si queda conforme la capitulación.

/96./ Más, que la metad de los texados del granero de la muela alta tenga la metad del bertiente hazia el castillo. Y la otra metad como se esté hechándole su çerro ençima.

Más, es condiçión que ençima de la puerta principal ay un madero que se ha escolgado del pilar, se buelba aredrezar al puesto que estaua. Y abrir la puerta donde estubiere bien. Y que asiente dicho ofiçial los ballagostiados para el corredor, dándolos el dueño.

Más es condiçión que los expojos que se quitaren de toda la obra sobredicha sean del ofiçial, boluiéndolos acomodar siendo de satisfaçión.

/97r./ Más, es condición que en los tirantes de los más necesarios se pongan estas dos trauas en la parte más neçesaria para que no se bayan las paredes apartando de su peso.

Más, es condición que se le de a miguel Sancho, albañil de la ciudad de Alcañiz, que es el que con más comunidad se ha ajustado a hacer dicha obra, seiscientas y treinta libras jaquesas, pagaderas a razón de sesenta libras jaquesas cada mes, hasta hauer /97v./ pagado dicha cantidad. Y que el día que començare a pagar aya de comenzar a correr la obra, para lo qual se le da de tiempo el que la villa de Calanda tiene para cumplir su arrendamiento. Y que los texados se hayan de hazer desde luego que se comienze a pagar, por el riesgo que corre por ellos la dicha cassa y los frutos que están en ella.

Yo, Miguel Cansado, albañil de la ciudad de Caragoca y aber benido por horden de el senior Diego Miguel Andrés, ynfancón, a reconocer la hobra del castillo y granero sino la presente capitulación.

/99r./ Et assí dada y librada la dicha capitulación y concordia, las dichas partes y cada una de ellas respectiue, firmaron y otorgaron aquélla y todo lo en ella contenido, desde su primera línea hasta la última de aquélla etc., y prometieron y se obligaron respectiuamente tener, haçer, pagar y cumplir todo lo que a cada una de dichas partes respectiue por tenor de aquella toca y se es guarda tener, serbar y cumplir etc., y contra aquella y cossas en ella contenidas no venir etc., y si costas etc., aquellas etc. A lo qual tener y cumplir la una parte a la otra, et la otra a la otra ad ymbicemet viçebersa a saber es, los dichos Juan Herrero y Juan Nabarro, jurados sobredichos, su persona como a tales jurados y los bienes y rentas de la dicha villa y del conçejo de aquélla, assí muebles como sitios etc., et el dicho Miguel Sancho, su persona y todos sus bienes, así muebles como sitios etc., las quales ambas partes y cada una de por sí quisieron aquí haver y en tal manera etc, con cláusulas de execución precario constituto, aprehensión, ynbentario, emparamiento, renunciación, sumisión de juezes y variación de juizios etc., fiat larga etc., exquibus etc.

Testes: Juan Celma, menor en días, labrador, y Juan Vallés, mançebo, vezinos de la villa de Calanda.

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